La junta técnica de ingeniería

1148813 Rodrigo Mejía-Andrión
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OPINIÓN

La Ley 15 de 26 de enero de 1959 (es cincuentenario) creó la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura para reglamentar las profesiones de arquitectos e ingenieros y las empresas de construcción. La junta conserva la facultad de seguir reglamentando las distintas especialidades del ramo que siguen apareciendo y de dar seguimiento a los ingenieros o arquitectos, responsables técnicos de constructoras, cuyos dueños no son de la profesión.

En los años de 1950 era estudiante de arquitectura y tuve la suerte de tener entre mis profesores a tres presidentes de la Sociedad Panameña de Ingenieros y Arquitectos (SPIA), uno de los cuales me invitó a colaborar en su oficina, advirtiéndome que “no me iba a cobrar”. Al aprovechar ese contacto, quedé enganchado en las actividades de la SPIA y siendo estudiante fui tratado como socio, hasta formalizar mi ingreso a la Sociedad, lo que a través de los años me ha brindado grandes satisfacciones. Por mi temprana participación, quedé incluido en una comisión de cuatro socios con la misión de redactar una ley que definiera las discutidas funciones de los arquitectos, ingenieros civiles y otras especialidades. En aquel entonces, para aprobar un plano de construcción bastaba la firma de un ingeniero civil, por lo que los arquitectos carecíamos de campo donde trabajar, ya que dibujantes, armados de revistas de moda, copiaban los diseños.

Recuerdo perfectamente una revista argentina llamada Mi ranchito, de donde copiaban los planos de los chalets.

Duro trabajamos los comisionados estudiando legislaciones de países avanzados, comparándolas entre sí y con nuestras ideas, hasta que dimos con la fórmula perfecta para definir el muy discutido campo de ingenieros y de arquitectos: exigir como mínimo la firma de un arquitecto y un ingeniero civil. Esto produjo de inmediato el “reconocimiento” de la función de cada cual.

Las áreas de los otros especialistas quedaron al cuidado de la Junta Técnica, compuesta por ingenieros y arquitectos escogidos por los respectivos colegios y por representantes de las facultades respectivas de las universidades de Panamá, siendo desarrolladas con la colaboración de especialistas de la SPIA y otros especialistas, según respectivos planes de estudio.

Un tema que nos hizo meditar profundamente fue decidir quiénes podrían ejercer en Panamá, para no ser tan excluyentes como otros países, donde los panameños jamás podríamos ejercer. Decidimos que lo permitiríamos a los nacionales de países con quienes tuviéramos reciprocidad (solo Nicaragua); a extranjeros casados con personas panameñas y a extranjeros con pareja extranjera, radicados en Panamá que tuvieran hijos panameños (el abogado anotó que incluiría a parejas que adoptaran a panameñitos, y nos pareció justo).

En 1972, como presidente de la junta, tuve la satisfacción de entregar en la USMA su credencial al ingeniero Juan Planels, por cumplir las condiciones de tener hijos panameños. El país, sin duda alguna, ganó un excelente profesional.

La Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura no es perfecta, pero creo que fue un acierto y me siento orgulloso de su comportamiento. La preside siempre el Presidente de la SPIA y este año lo será el ingeniero Ernesto De León, recién electo.

El autor es arquitecto.

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La junta técnica de ingeniería

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