21 MIL 812 BOLETAS POR VEHÍCULOS ESTACIONADOS EN ÁREAS prohibidas

Inconsciencia ciudadana

Según el MIVI, se está desarrollando un proyecto que pretende crear estacionamientos públicos por debajo de las servidumbres públicas.

BELLA VISTA. En calle quinta sur, dos de los tres carriles están obstruidos permanentemente. LA PRENSA/David Mesa1144009
Shelmar Vásquez Sween
svasquez@prensa.com

Entre 2007 y 2008 se impusieron 21 mil 812 boletas a personas que estacionaron sus vehículos en vías donde está prohibido, en servidumbres o en isletas, impidiendo el paso expedito de otros autos y contribuyendo al deterioro del ornato público.

Esta es solo la contabilidad que llevan los inspectores del Municipio de Panamá, pues los agentes de la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre colocaron otras 2 mil boletas, de este tipo, en 2008.

A estas cifras se suma la gran cantidad de infractores que diariamente obstaculizan distintas vías y que no son multados porque las autoridades no los detectan.

Los sectores de San Francisco, Calidonia, Pueblo Nuevo, Vista Hermosa, Bella Vista, El Cangrejo, Vía España, Marbella, y el área bancaria, son los que más evidencian estas violaciones, según registros del departamento de Legal y Justicia de la Alcaldía de Panamá.

El problema, según los inspectores municipales, está en que las sanciones que se imponen son débiles.

Por ejemplo, la persona que comete la infracción por primera vez es citada en la Alcaldía para recibir una amonestación verbal y orientación sobre cómo afectan estas acciones al tráfico vehicular. Al reincidir se le impone una sanción que va de 5 a 25 dólares.

Otro problema es que diariamente se destinan solo de 10 a 15 inspectores para realizar operativos en diferentes partes de la ciudad capital. Principalmente en los clasificados como críticos, es decir, los ya mencionados.

UNA SOLUCIÓN DRÁSTICA

El viceministro de Vivienda, José Batista, informó que la entidad está trabajando en un proyecto para crear estacionamientos públicos en sectores críticos.

El plan, parecido al ejecutado por el Gobierno español, consiste en construirlos por debajo de las servidumbres públicas.

“Desde diciembre de 2008, el Estado está facultado para concesionar espacios públicos a empresas que realicen proyectos de extrema necesidad para la sociedad”, apuntó el funcionario.

Pero Batista está consciente de que la principal barrera que tendrá la propuesta es la cultura “de no pago por este servicio” que tiene arraigada la población.

El viceministro considera que no se puede sancionar severamente a los conductores, si no se les ofrece una alternativa, pero aclaró que cuando empiecen a funcionar los estacionamientos públicos, se deben establecer convenios con agencias de grúas para remolcar a todo el que falte a las normas, y hacer que los infractores paguen por la movilización de sus vehículos a un corral.

Por ahora, dijo el viceministro, hay una compañía mexicana y otra española interesadas en ganarse el proyecto. Ambas tienen experiencia en la creación de estacionamientos por debajo de la red vial urbana.

Las áreas que se evalúan para este fin son: el parque Benito Juárez de Punta Paitilla, el Parque Porras de La Exposición y el parque Andrés Bello de El Cangrejo.

“Hemos avanzado en la legislación que permite conceder espacios públicos a alguna compañía cuando amerita y en la forma como se debe elaborar la contratación del proyecto, sin embargo, la idea es dejar toda la propuesta sustentada en papel para que el gobierno entrante dé curso a la ejecución”, argumentó.

Por su parte, el urbanista Álvaro Uribe advirtió que es necesario que las empresas y los proyectos que se están construyendo en áreas críticas, contemplen una suma de estacionamientos considerable dentro de sus estructuras, para mitigar, en cierta medida, el caos que existe en la ciudad en materia de estacionamientos.

También propuso habilitar lotes vacíos –que aún quedan en estos sectores– para estacionamientos.

PROHIBICIÓN de ESTACIONARSE EN ÁREAS PÚBLICAS

LEY 12 de 1974.
Dicta medidas de sanción –por el Municipio de Panamá– en los artículos 1338 al 1349.

DECRETO 4 de 1979.
Esta norma del Municipio capitalino prohíbe estacionarse sobre aceras, isletas o cualquier espacio en el que se atente contra el ornato público.

Tránsito.
El reglamento estipula, en el punto 178, que al dueño de todo auto mal estacionado se le impondrá una sanción de 10 dólares.


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