Critican aprobación de sociedades R.L.
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| polémica. Diputados de oposición sostienen que esta nueva ley traerá conflictos al sector de las cooperativas. LA PRENSA/Archivo1122788 |
José Quintero De León
jquintero@prensa.com
Es probable que el recién aprobado proyecto de ley que regula las sociedades de responsabilidad limitada, confronte algunos problemas.
Estas sociedades son aquellas cuyo capital está dividido en cuotas sociales y en la que la responsabilidad de los socios se limita al capital aportado por cada uno.
El proyecto, el No. 385, se aprobó en segundo debate el miércoles 19 de noviembre, recibiendo considerables modificaciones que no se leyeron ni debatieron como lo indica el procedimiento legislativo.
La diputada opositora Mireya Lasso señaló que la lectura de las modificaciones debió asumirla el secretario general, lo que refleja que había apuro en aprobarlas.
Jorge Hernán Rubio, diputado proponente, explicó que con los cambios se dota de mayor flexibilidad a estas sociedades, toda vez que su actual normativa las condenaba a caer en desuso.
Rubio señaló que, contrario a lo establecido en la normativa vigente, en el nuevo texto no se establecen limitaciones a las aportaciones de los socios; ni a las cuotas de estos. Se deja abierto el número máximo de socios que la integran, y no se limita el interés que puedan percibir los socios sobre sus aportaciones. Otro atractivo es que se elimina la obligatoriedad de inscripción en el Registro Público de aspectos como el cambio de administradores, establecimiento o clausura de sucursales.
No obstante, para el diputado panameñista Alcibiades Vásquez la aprobación de esta nueva ley traerá conflictos al sector de las cooperativas, ya que no se les consultó debidamente.
Rubio aclaró que esta figura jurídica no tiene que ver con las cooperativas.
Luego de 42 años, el actual proyecto deroga en su totalidad la Ley 24 de 1966, que creó esta figura jurídica.
A diferencia de las sociedades anónimas, el capital, administración y cuotas de participación de la sociedades de responsabilidad limitada son públicas, deben estar registradas con nombre y apellido.
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