BUSCADOR
  Portada | Clasificados | Foros | Ediciones anteriores | Archivo | Suscripciones | Portadas PDF | Titulares por e-mail | Contáctenos
Panamá, martes 7 de octubre de 2008
 

Alfaro de Villageliú: ‘Lo mejor para prevenir es educar’

El Código Penal establece que si un adulto tiene relaciones sexuales con una menor, comete un delito.

El documento dice que los derechos en él contemplados no pueden ir en menoscabo de la patria potestad.

Zoraida Chong
zchong@prensa.com

La presentación ante la Comisión de Salud de la Asamblea Nacional del anteproyecto de ley de salud sexual y reproductiva ha generado protestas y críticas airadas.

Mery Alfaro de Villageliú, secretaria nacional para el Plan Alimentario Nacional y quien participó en la redacción del documento, contestó en entrevista con este medio a los argumentos más difundidos de quienes lo adversan.

>> Algunos sectores piden mayor discusión del anteproyecto, ¿hay posibilidades de que eso ocurra?

Por supuesto. Lo han dicho la ministra (de Desarrollo Social, María Roquebert), la segunda vicepresidenta de la Asamblea (Elizabeth Hernández de Quiroz), el presidente de la Comisión de Salud y todos los miembros de esa comisión. Van a poder participar en el primer debate todas aquellas organizaciones y personas que tengan algo que aportar al proyecto. Además, tenemos más de tres años de estar haciendo consultas no solo en la capital, sino en las 14 regiones de salud.

>> Eso es en primer debate. ¿Es posible que en segundo y tercer debate se pierdan algunas de las cosas que se acordaron en el primero?

Sí, en el segundo todavía hay cabida para algunas modificaciones. En tercer debate nunca se hacen modificaciones, solamente se dice si se quiere o no aprobar la ley.

>>>¿La propuesta reduce o no la potestad de los padres?

Para nada. Si nos vamos al artículo 6 dice claramente: “los derechos sexuales y los derechos reproductivos aseguran a todas las personas la posibilidad de tomar decisiones autónomas, y ejercer libre y responsablemente su sexualidad y reproducción, sin ningún tipo de coacción o violencia”. Aquí lo que se está diciendo no es solo que las personas tienen derechos, es que tienen derecho a que no se las trate con violencia, no se las coaccione ni se las obligue a nada. Eso es lo que queremos decir con esto.

Pero además, ese artículo tiene un párrafo que dice: “Estos derechos no pueden ir en menoscabo del ejercicio responsable de la patria potestad”. Y aunque la ley no lo dijera, ese es un derecho por Constitución y una ley no puede ir en contra de la Constitución.

En el artículo 10, que habla sobre derecho a la educación, dice: “Se garantiza el derecho de los padres y madres de familia como primeros educadores de sus hijos en el tema de la sexualidad y afectividad”.

Igualmente se dice que los menores de edad cuando van a buscar consejería, orientación y atención en salud sexual deben ir preferiblemente acompañados de sus padres, madres, acudientes o tutores, eso en el artículo 12, en el numeral 4, y también en el numeral 7.

>> Pero la ley no obliga, dice “preferiblemente”…

Por supuesto. Pero sobre ese tema tengo que añadir algo: La Constitución dice que los derechos son para todas las personas, no dice que son para los menores, ancianos o adultos. Todos tenemos derecho al trabajo, atención en salud y educación, sin embargo, un niño no puede matricularse en una escuela, tiene que ir por decisión de sus padres, porque de acuerdo con la ley, el menor es un incapaz y ejerce sus derechos a través de sus padres. Un menor no puede ir a un médico, quien lo lleva y escoge al médico es el padre o la madre. Yo cuando llevaba a mis hijos al médico y tenían que hacerles cualquier intervención o procedimiento, no solo tenía que escoger al médico, sino que tenía que firmar una aprobación para ese procedimiento.

Entonces, decir que con esto los menores van a tener derecho de hacer cosas sin el consentimiento de sus padres o que se pierde la patria potestad es un absurdo.

>>>Un ejemplo: ¿Un menor podrá llevar a su pareja a casa y tener relaciones con ella sin el consentimiento de los padres?

Para eso no se necesita ninguna ley. Actualmente sabemos que los menores están teniendo relaciones sexuales, y esta ley ni lo prohíbe ni lo establece. No creo que ninguno pida permiso a los padres para tener relaciones sexuales, pero eso ya es un problema de la familia.

La razón por la que ninguna ley logra prohibir a un menor tener relaciones sexuales, es porque no sabemos cuándo las están teniendo; solo cuando hay evidencia por enfermedades de transmisión sexual o por embarazos.

>>>¿Un menor podrá decidir tener relaciones sexuales con una persona mayor de 18 años sin que a esta se le pueda acusar de estupro o violación?

No. Eso es materia del Código Penal, que establece claramente que si un adulto tiene relaciones sexuales con una menor está cometiendo un delito. Pero vamos más allá, si un menor de 17 años tiene relaciones sexuales con una niña de 11, hay más de 5 años de diferencia y también es delito.

>> La Iglesia ha criticado la falta de planteamientos morales en la ley, como el hecho de omitir una sexualidad humana desde el amor. ¿Por qué se omitió este aspecto?

Primero, no es un planteamiento de la Iglesia. Es de la Comisión de Educación de la Conferencia Episcopal de Panamá y no está firmada por ningún obispo.

El anteproyecto establece desde su primer artículo que el objetivo es: “establecer las bases normativas generales para el reconocimiento, la garantía, la protección y atención de la salud sexual y reproductiva con énfasis en la formación integral de la persona, respetando su dignidad, sus derechos, su conciencia, su cultura, y los valores que la caracterizan”.

En el artículo 10 se establece que el Estado tiene el deber de “promover una orientación e información ética y científica sobre la sexualidad y la reproducción, de manera sencilla, precisa veraz y adecuada a todas las etapas sicofisiológicas del ciclo vital humano, basada en una sana y equilibrada afectividad”. Y la afectividad es parte del amor.

Además de eso, en el artículo 11, sobre educación sexual y reproductiva, dice: “Será obligatoria la inclusión de la educación sexual y reproductiva con perspectiva de género de una manera integral, considerando los aspectos afectivos…”. Ahí estamos hablando del amor. Continúa: “biológicos, fisiológicos, culturales, sociales, éticos, morales y espirituales”. Entonces, ¿cómo pueden decir eso?

>>>Preocupa que los niños puedan solicitar métodos anticonceptivos sin que sus padres se enteren, ya que se establece el derecho a la confidencialidad.

Todo eso es falso. En primer lugar, la confidencialidad es un derecho. Ningún médico puede hablar sobre las enfermedades de nadie y mucho menos de los menores. Un psicólogo o psiquiatra solo puede hablar con los padres del menor al que atiende cuando peligra la vida de él o de alguna otra persona, o su salud.

En segundo lugar, en la actualidad todos los anticonceptivos están a disposición de cualquiera que los quiera comprar, o sea que esta ley no es que va a prohibir o autorizar eso, y es falso que sea para entregárselos a los niños.

>>También preocupa que puedan solicitar la esterilización permanente…

Eso también es falso. Voy a leer el artículo 23: “Se reconoce el derecho de hombres y mujeres, mayores de edad, de acceder a métodos permanentes de regulación de la fecundidad, siempre que hayan tomado la decisión libremente…”. Pero estamos hablando aquí de mayores de edad.

También dice “que hayan tomado la decisión libremente y hayan sido informados o informadas previamente, sobre todas las opciones de planificación familiar y de los riesgos, efectividad, consecuencias y efectos secundarios de la esterilización”.

Actualmente, una persona que paga se esteriliza a cualquier edad, tenga o no tenga hijos. Esta ley no es para las personas que pueden recibir una buena educación, para las que pueden pagar buenos servicios de salud, es para quienes no pueden pagar servicios de salud, para que tengan los mismos derechos que tienen los que pueden pagar.

Con este documento estamos obligando al médico a que les hable de otros métodos de planificación familiar. Yo conozco a mucha gente que se esterilizó en clínicas privadas y nunca le hablaron de los riesgos y efectos secundarios ni de qué tan efectivo era el método.

>> Se ha criticado el hecho de que se promueve el uso del condón como método de prevención contra el VIH, cuando no ha tenido efectividad contra la pandemia.

Es cierto, no creo que el condón sea la solución para el problema del VIH. La solución es la prevención, y lo mejor para prevenir es educar.

Cuando hablamos de educación integral de sexualidad no estamos hablando de enseñarles a los jóvenes ni a los niños a tener relaciones sexuales, porque eso no se necesita enseñarlo, estamos hablando de enseñarles las consecuencias de las relaciones sexuales, enseñarles a posponerlas y hablarles de los peligros, incluso mortales, de tener una relación irresponsable. Además, hay 19 estudios que comprueban que las personas que han recibido educación integral en sexualidad desde temprana edad, no solamente posponen el inicio de la vida sexual, sino que son más fieles a su pareja, más responsables en el manejo de su sexualidad y más sanos, tanto ellos como sus hijos.

>> Otra crítica es que se menciona tímidamente la abstinencia y la fidelidad mutua en la pareja.

Si lo vemos de esa manera, todo se menciona tímidamente. Aquí estamos hablando de educación, y cuando se habla de métodos de regulación de la fecundidad, se incluyen los métodos de regulación naturales, y se menciona varias veces todo lo que tiene que ver con ética, valores, responsabilidad, campañas de concienciación. Entonces no creo que se mencione tímdamente.

>> Ha generado polémica el que la ley diga que la sexualidad se construye y no que nacemos hombre o mujer, ¿cuál es el fundamento de ese planteamiento?

Son dos asuntos completamente diferentes. Existen las diferencias de sexo con las cuales nacemos: el que nace hombre tiene pene, testículos y hasta el cerebro funciona diferente al de la mujer. La mujer tiene vagina, ovarios, matriz… Estas son las diferencias sexuales que no podemos cambiar, a menos que nos sometamos a cirugías muy sofisticadas. Pero existen por otro lado las desigualdades de género, que son los roles que la sociedad les impone a hombres y mujeres por el simple hecho de serlo. Hasta el año 1946 las mujeres no podían votar, hubo una época en que no podían ni siquiera tener cédula o ejercer el comercio.

Esas diferencias no nos gustan, son injustas y tenemos que acabar con ellas, y de eso se trata educar con perspectiva de género, educar sobre el respeto mutuo que se deben tener hombres y mujeres, pero también sobre los derechos, que deben ser iguales.

Hasta hace poco las chicas iban a educación para el hogar y los chicos a artes industriales. Esas son desigualdades de género que han hecho que la mujer esté en un plano de desigualdad y marginación.

>> ¿Y sobre la identidad sexual en cuanto a preferencias?

La ley no menciona eso para nada, no es una ley sobre preferencias sexuales, es sobre salud sexual y reproductiva.

Hay un estado en la India donde ser homosexual es un delito, pero en este país todavía no hemos llegado a esos extremos. La única mención que se hace sobre las preferencias sexuales es en el artículo 5, que habla de la prohibición de discriminación, porque no se puede discriminar a una persona por el simple hecho de tener una preferencia sexual diferente, y eso ocurre aquí en Panamá: Los homosexuales llegan a un centro de salud a buscar un servicio y los tratan a veces como animales, por el simple hecho de su preferencia. Eso no es justo, porque como dijo un sacerdote, esto no solo es un derecho, la atención de un homosexual en salud es un principio de caridad cristiana. No puedo creer que haya alguien que se oponga a que se elimine la discriminación contra las personas por sus preferencias sexuales.

>> ¿Con este planteamiento se abre, aunque sea de un modo indirecto o remoto la posibilidad de matrimonio u otra unión legal entre personas del mismo sexo?

Para nada. Primero porque eso no es materia de esta ley, en todo caso lo sería del Código de la Familia o del Código Civil. Pero, además, en este país no se casan ni los heterosexuales, ahora imagínate que se vayan a casar los homosexuales; decir eso es querer hablar mal de la ley.

Las estadísticas de nacimientos vivos en Panamá por estado conyugal de la madre, del año 2006, indican que el 86% de los niños nació fuera del matrimonio, y muchos se declaran unidos, pero esa unión no es estable, puede ser de nueve meses, tres años, cinco años. Entonces cómo se puede hablar de promover matrimonios homosexuales, cuando aquí no hemos logrado promover ni siquiera matrimonios entre heterosexuales.

>> La atención médica para complicaciones de aborto está contemplada en la ley. ¿Es un primer paso para legalizar esta práctica?

En el artículo 12, numeral 19 dice: “Atención digna y de calidad para tratar las complicaciones del aborto y de sus efectos en la salud de las mujeres”. Porque una mujer llega con complicaciones a un centro de salud o a un hospital, ya sea por un aborto espontáneo o provocado, y la tratan como a un animal. Por estar condenándola no hacen lo que tienen que hacer para salvarla y ayudarla a superar el trauma, porque como quiera que sea es un trauma.

Lo que se quiere es que cuando una mujer llega con complicaciones de aborto, no se asuma inmediatamente que ha sido provocado. Que primero se le dé la atención médica que requiere, porque un criminal al que le disparan mientras roba un banco tiene derecho a recibir atención médica, entonces por qué no lo va a tener una mujer que ha sufrido una pérdida espontánea o que se ha provocado un aborto.

 

© 2008. Corporación La Prensa. Derechos reservados.
 
 
 
© 2008. Corporación La Prensa. Derechos reservados.
Advertencia: Todo el contenido de www.prensa.com pertenece a Corporación La Prensa S.A. Razón por la cual, el material publicado no se puede reproducir, copiar o transmitir sin previa autorización por escrito de Corporación La Prensa S.A.
Le agradecemos su cooperación y sugerencias a internet@prensa.com y Servicio al Cliente.
En caso de necesitar mayor información accese a nuestra biblioteca digital o llámenos al 222-1222.
Corporación La Prensa: (507)222-1222
Apartado 0819-05620 El Dorado Ave. 12 de octubre, Hato Pintado Panamá, República de Panamá