Vista fiscal de febrero de 2004.
Solís no avaló censura
Leonardo Flores
lflores@prensa.com
“Creemos que la libertad de expresión, como derecho de la mayoría, debe prevalecer sobre el derecho del particular”.
Así opinó en 2004 el actual magistrado del Tribunal Electoral (TE) Gerardo Solís cuando fue fiscal electoral, sobre un caso en el que se pidió sacar del aire una cuña televisiva.
La opinión de Solís, contenida en la vista fiscal de 17 febrero de 2004, sale a la luz pública en medio de un debate sobre las campañas sucias, luego de que el TE suspendió la cuña en la que se utilizaba la imagen de la precandidata del PRD, Balbina Herrera, pautada por Juan Carlos Navarro.
En ese entonces, Solís manifestó que la propaganda no tiene censura previa y que “el propósito de esta protección es permitir la mayor amplitud a la divulgación de los anuncios políticos en beneficio del electorado, y si tiene que limitarse algún derecho no debe ser el de la información ni el de expresión, sino el derecho particular de quien se sienta afectado”.
Diversos sectores civiles se han manifestado en contra de la suspensión.
VEA La propaganda no está sujeta a censura previa: Solís
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