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legislación.propuesta de reformas al libro primero del código judicial.
Quieren suplentes de carrera
Solo tres de los nueve magistrados de la Corte tienen suplentes que no per-tenecen al Órgano Judicial.
Si se aprueba la iniciativa, serán declarados insubsistentes quienes no están en la carrera judicial.
| LA PRENSA/Archivo |
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| TRÁMITE. El magistrado Harley Mitchell (derecha) debe enviar la iniciativa a la Asamblea Nacional, hasta ahora presidida por el diputado Pedro Miguel González.1063497 |
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Rafael Pérez G.
rperez@prensa.com
Un proyecto de reformas judiciales impulsado por la Corte Suprema de Justicia con miras a establecer la obligatoriedad de que los suplentes de magistrados de tribunales superiores y de jueces de circuito y municipales provengan de la carrera judicial o estén en servicio en ese órgano estatal.
En la actualidad, en el Órgano Judicial asumen tareas de suplentes en los despachos judiciales, abogados que ejercen también la práctica privada.
LA CONSTITUCIÓN
De hecho, antes de las reformas a la Constitución Política de noviembre de 2004, los suplentes de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia también ejercían la profesión en sus oficinas privadas.
Hoy día, el artículo 203 de la Carta Política establece que “solo podrán ser designados suplentes (de magistrados de la Corte), los funcionarios de carrera judicial de servicio en el Órgano Judicial”.
Solo tres de los nueve magistrados que integran, en la Corte Suprema de Justicia tienen suplentes que no provienen de las entrañas del Órgano Judicial. Ello obedece a que fueron designados antes de la aprobación de la referida reforma constitucional. A saber: Jacinto Cárdenas, suplente de Winston Spadafora; Virgilio Trujillo, suplente de Alberto Cigarruista, y Mirta Vanegas, suplente de Esmeralda de Troitiño.
La magistrada Troitiño sustituyó a César Pereira Burgos, en octubre de 2004, luego de que se le aplicara la llamada Ley Faúndes que prohibía a los funcionarios de 75 años o más ejercer en el servicio público.
ORIGEN Y PROPUESTA
Ya el magistrado presidente de la Corte, Harley Mitchell, impulsor de esta iniciativa, había expresado su aspiración de que tal prohibición constitucional fuera extendida a las esferas inferiores del poder judicial.
La iniciativa, que requiere del beneplácito del pleno de la Corte como paso previo a su presentación ante la Asamblea Nacional, está compuesta por ocho artículos que modifican normas del Libro Primero del Código Judicial.
En un artículo transitorio que se incluye en la propuesta, se establece que los nombramientos de los suplentes de magistrados de tribunales superiores y de jueces de circuito y municipales que contravengan estas disposiciones, serán declarados insubsistentes por la autoridad nominadora, a la entrada en vigencia de esta nueva ley.
Fuentes judiciales estimaron que en el Primer Distrito Judicial de Panamá hay, al menos, 20 suplentes que no son del sistema. Ese número incluye todas las jurisdicciones: Civil; Penal; Libre Competencia; Familia; Niñez y Adolescencia y de Trabajo.
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