esparcimiento.
Norman uso de aguas continentales
Urania Cecilia Molina
umolina@prensa.com
Una norma que busca mantener los niveles de calidad de las aguas continentales –ríos, lagos y lagunas entre otros– utilizadas para actividades recreativas se publicó este martes la Gaceta Oficial 26,078.
A partir de la promulgación del Decreto Ejecutivo 75, del 4 de junio de 2008, las personas naturales o jurídicas que soliciten concesiones de aguas continentales para realizar actividades recreativas deberán hacer monitoreos periódicos de estas y presentarlos a la Anam.
El documento también aclara que es responsabilidad de la Anam, en coordinación con el Ministerio de Salud, la Autoridad del Canal de Panamá, la Autoridad de Turismo de Panamá y los municipios, realizar los monitoreos en las áreas que actualmente son usadas para estas actividades.
Lisandro Arias, director de la región metropolitana de la Autoridad Nacional del Ambiente (Anam), dijo que la entidad ya tenía la responsabilidad de vigilar que las aguas continentales no se contaminen o se deterioren, previo al decreto, y agregó que no tenía conocimiento de la norma recién aprobada.
Los parámetros de calidad establecidos por el documento incluyen los niveles permisibles de solidos flotantes, suspendidos y disueltos, además de hidrocarburos, pesticidas y otros contaminantes.
|