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Panamá, domingo 6 de julio de 2008
 

JURISPRUDENCIA.

Delitos electorales pueden ser indultados

El fiscal electoral, Boris Barrios, dijo que analiza los efectos del reciente fallo de la Corte Suprema.

LA PRENSA/Archivo
posición. La Corte dijo que delitos políticos son aquellos contra la personalidad interna del Estado, y los electorales. 1055368
Rafael Pérez G.
rperez@prensa.com

El reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), en el que se revocan los indultos otorgados por la ex presidenta Mireya Moscoso, abre la posibilidad de que los sucesivos mandatarios den ese beneficio en casos de delitos electorales.

En la página número 11 del fallo en referencia, la CSJ trata el tema de los delitos de “notoria naturaleza política” e incluye entre ellos los delitos electorales.

Ante la ausencia de una norma legal que desarrolle el concepto constitucional de delito político, la CSJ dijo que se interpreta que los delitos a los que hace alusión la frase “delitos políticos” que aparece en el numeral 12 del artículo 184 de la Constitución, se refiere a aquellos contra la personalidad interna del Estado, y los electorales.

La norma citada por la CSJ, en su fallo, enumera las atribuciones que ejerce el Presidente de la República con la participación del ministro respectivo, entre las que se destaca “decretar indultos por delitos políticos, rebajar pena, conceder libertad condicional a los reos de delitos comunes”.

Ayer, este diario buscó una opinión del fiscal electoral, Boris Barrios, quien dijo que evalúa junto a su equipo jurídico, los “efectos” de este fallo.

Barrios adelantó, no obstante, que de los indultos revocados hay al menos 11 casos de delitos electorales que están en investigación, y seis pendientes de fallo por el Tribunal Electoral (TE).

El actual magistrado del TE Gerardo Solís, en su demanda contra los indultos de Moscoso, advirtió, contraria a la opinión de la CSJ, que las causas penales electorales (...) no son susceptibles a la extinción de la acción penal o de la pena por medio de una medida de indulto. “Esto es así, ya que ni doctrinal ni legalmente pueden asimilarse como delitos políticos, tal y como lo exige la institución del indulto para ser operativa y efectiva”, agregó.

© 2008. Corporación La Prensa. Derechos reservados.
 
 
 
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