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CORTE SUPREMA. Analizan llevar el caso a la corte interamericana de derechos humanos.
Polémicos fallos detrás de las islas de ICA
El 30 de diciembre de 2004, la Corte Suprema declaró inconstitucional la construcción de las islas.
Tras dos años, varios magistrados cambiaron su parecer y avalaron lo que antes habían rechazado.
| LA PRENSA/Archivo |
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| ISLAS. La empresa ICA Panamá acordó construir, desarrollar y comercializar las islas artificiales con el Grupo Los Pueblos, del empresario Mayor Alfredo Alemán.1054007 |
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Santiago Fascetto
Unidad de Investigación
sfascetto@prensa.com
Todo cambia. Nada es definitivo. Nada es obligatorio. En la Corte Suprema de Justicia lo que ayer era inconstitucional, hoy puede no serlo y, mañana, volver a serlo. Eso ocurrió con el fallo que permite a ICA Panamá construir dos islas artificiales frente a Punta Pacífica. Un negocio millonario.
El 30 de diciembre de 2004, el pleno de la Corte Suprema firmó un fallo unánime en el que reconoció que “si el Estado permite que los rellenos que se hagan sobre bienes de dominio público sean propiedad privada, estará perdiendo parte del patrimonio y de los elementos constitutivos del Estado como lo es el mar territorial, las playas y el lecho marino”. Era una resolución que derrumbaba los planes de ICA Panamá.
El ponente en ese fallo fue Virgilio Trujillo, suplente del magistrado Alberto Cigarruista. La decisión congeló el proyecto de ICA Panamá para construir las islas, según lo que había acordado con el Estado en el Contrato de Concesión Administrativa 70-96 firmado en 1996.
Pero ese punto de vista de la Corte Suprema duró poco, a pesar de que –según la Constitución– las sentencias de in constitucionalidad son finales, definitivas y obligatorias.
Nada de eso: Alberto Cigarruista, Winston Spadafora, Aníbal Salas y José Troyano dieron vuelta a su voto. Y con el respaldo de Harley Mitchell y Roberto González –que no votaron en el primer fallo– rubricaron el 11 de diciembre de 2006 un fallo opuesto al de 2004.
“Una vez creado el relleno, se crea un bien de dominio público que puede pertenecer con tal carácter o bien, a través de una decisión del Estado por medio de un acto administrativo, puede ser desafectado y entonces pasar a ser un bien susceptible de ser vendido a un particular”, indicaron.
El cambio de criterio de esos magistrados no pasó desapercibido para su colega Adán Arjona, quien rechazó –junto con Esmeralda de Troitiño y Víctor Benavides– el fallo de 2006. “Las contradicciones que se dan entre el fallo [de 2004] y la decisión que hoy se profiere son tan notorias, que se advierten sin mayores esfuerzos”, dijo Arjona en su salvamento.
El abogado Juan Carlos Henríquez, quien presentó la demanda de inconstitucionalidad contra los rellenos, calificó el fallo de 2006 de “aberración” y anunció que analiza demandar a Panamá ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. “La Corte Suprema no puede fallar de forma antagónica cada tres meses”, expresó a este diario.
Igual, las idas y vueltas de la Corte Suprema no terminaron con el fallo que permitió a ICA Panamá acordar con el Grupo Los Pueblos (del empresario Mayor Alfredo Alemán) el desarrollo de las islas. Hay más.
El 9 de mayo de 2007, la Corte Suprema se negó a tratar una acción de inconstitucionalidad similar a la que se presentó contra el contrato de ICA Panamá y que sí trató el pleno. ¿El ponente? Otra vez el magistrado Cigarruista.
En ese fallo, que contradecía el anterior, otra vez Arjona salvó su voto. Y advirtió: “Resulta francamente difícil de comprender cómo hace 9 meses se dijo que era posible revisar la constitucionalidad de un contrato de concesión administrativa y, hoy, ante la misma situación, se afirma que ello no es posible”. El magistrado se refería, en ese párrafo, al fallo a favor de ICA de diciembre de 2006.
Agregó sobre los cambios de sus colegas: “Lo que no se puede es decir una cosa hoy, y mañana sostener lo contrario”
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