DECLARATORIA DE INCONSTITUCIONALIDAD DE INDULTOS.
‘Fallo pone al país a paz y salvo’: Mitchell
El hoy mandatario, Martín Torrijos, firmó, como ministro de Gobierno y Justicia, uno de los indultos en 1995.
| LA PRENSA/Archivo |
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| CAMBIO. Todos los presidentes en los últimos 19 años han otorgado indultos. El nuevo fallo cambia la jurisprudencia.1052132 |
Rafael Pérez G. José Otero
panorama@prensa.com
Tras advertir que la revocatoria de los indultos otorgados por la ex mandataria Mireya Moscoso sienta una nueva jurisprudencia, el magistrado presidente de la Corte Suprema, Harley Mitchell, dijo ayer que ese fallo pone al país a “paz y salvo” con la doctrina en materia de indultos.
Mitchell, quien aseguró que el fallo no está relacionado con una persona en particular o algún mandatario en especial, señaló que la histórica interpretación que el Ejecutivo le ha dado a la figura del indulto ha sido colocada en su justo lugar, y el fallo en mención se constituye en la “recta interpretación” de la Constitución.
El magistrado, quien estimó que aunque el fallo abordó un tema político, su contenido no lo es, dijo además que la Corte acogerá futuras demandas contra los indultos emitidos en el pasado. Eso sí, alertó, la Corte ya se pronunció sobre esos casos en particular.
Mitchell se refería a los, por lo menos, cuatro fallos anteriores al que se hizo público el lunes pasado, en los que la Corte avaló la constitucionalidad de los indultos (ver tabla).
La Corte mantuvo esa posición a pesar de que, por ejemplo, en el decreto de indulto emitido el 7 de septiembre de 1995 por el entonces presidente encargado Tomás Altamirano Duque, se advertía que la medida beneficiaba a 239 personas, independientemente de la etapa en que estaban sus procesos. Entre los beneficiados figuró el militarMarcos Justine, acusado de peculado por 20 millones de dólares en perjuicio del Banco Nacional de Panamá. Ese decreto fue firmado, también, por el hoy mandatario, Martín Torrijos Espino, en su calidad de ministro encargado de Gobierno y Justicia.
En ese fallo salvó su voto el entonces magistrado Edgardo Molino Mola, quien expresó su preocupación por el posible uso “del indulto de manera indiscriminada y abusiva”.
En su libro El indulto, el constitucionalista Rigoberto González Montenegro explica que esta figura, facultad del Presidente con el ministro respectivo, solo es aplicable a delitos políticos y extingue la pena, mientras que la amnistía, vinculada a delitos de naturaleza política, es una potestad del Legislativo, que extingue la acción penal y la pena.
OTROS FALLOS DE LA CORTE
.7/7/97: Es constitucional indulto de G. Endara del 24 de junio del 94. Rafael González salva su voto.
. 8/7/98: Declara que no son inconstitucionales los indultos de Tomás Altamirano Duque, del 7 de septiembre de 1995.
.30/12/99: Avala los indultos de Pérez B., del 24 de diciembre de 1997. Edgardo Molino Mola salva su voto.
.14/8/01: Declara constitucionales los indultos de Pérez B. del 30 de agosto de 1999. Salvan el voto Adán A. Arjona, César Pereira B. y Mirtza de Aguilera.
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