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Panamá, viernes 6 de junio de 2008

Mileika Bernal
mbernal@prensa.com

FOTO DENUNCIA
Hueco y lodaza
LA PRENSA|Edwards Santos

URGE|. En Calle 50 y Calle 54, hay un terreno que ocupa una manzana, el que con pocas lluvias se transforma en un enorme lodazal. El problema lleva muchos años y afecta a los conductores que transitan por ese lugar, que tienen que sortear los huecos y el lodo.


Alcaldía de Panamá aclara queja ciudadana

4 DE JUNIO.Con respecto a la denuncia aparecida el 4 de junio en la Página del Lector, con el título "Las decisiones inconsultas que afectan a los ciudadanos", donde se responsabiliza a la alcaldía por la instalación de una parada, quiero informar que la Autoridad del Tránsito está llevando a cabo el reordenamiento de las avenidas Perú, Cuba, Justo Arosemena y otras, las cuales implica la instalación de paradas de buses.

Por ende es el Tránsito quien solicitud la ubicación de las paradas de buses.No es la Alcaldía la que dispone dónde se debe poner una parada de buses, es la Autoridad del Tránsito.Agradezco que se le aclare a la señora Cristina Rovira su queja por la parada ubicada en en calle 36 frente al edificio Angélica.

David Lindo, director de Comunicación de la Alcaldía


Comentan artículo sobre ética periodística

4 DE JUNIO.Cuando asumí la responsabilidad de trabajar la campaña de la Alianza Democrática de Oposición Civilista sabía que con ello comprometía mi credibilidad. En aquella ocasión dirigía la Escuela de Periodismo de la Universidad de Panamá. Las elecciones se dieron el 7 de mayo de 1989. Una vez en el poder, luego de la invasión, el presidente en ese momento, Guillermo Endara, me invitó a participar de su gobierno. Asumí la posición de secretario de Prensa, de la Presidencia. Me mantuve en ese cargo los cinco años del Gobierno.

Luego de culminadas mis labores, directivos de mi antigua empresa, RPC, me reiteraron que las puertas estaban abiertas y que mi cargo de reportero productor estaba esperándome. Le dije a Lloyd O’Meally que no estaba en condiciones de ejercer la profesión, de manera absolusta, justa y equilibrada, que necesitaba por lo menos unos ocho meses para lavarme la cara y presentarme como un periodista imparcial. ¿Cómo puedo analizar noticias y dirigir debates donde se daban hechos que relacionaban al estrenado gobierno de Pérez Balladares? me preguntaba.

Claro, y con justa razón, cualquiera crítica contra Pérez Balladares iba a ser descalificada por el público; el televidente diría, él habla mal de este gobierno porque defiende al que se fue.Después me propusieron trabajar en Canal Dos y lo mismo, que necesitaba tiempo para lavarme la cara. Hoy dicto clases en la UP, donde administro una cátedra: ética periodística.Todavía me estoy lavando la cara; comprometí mi credibilidad por dar lo mejor a la patria.

René Hernández González


Prácticos exponen otro punto de vista

4 DE JUNIO.Hago referencia a la noticia "PPSC se quejará ante OMI", publicada el 27 de mayo. La acción que interpondrá Panamá Pilots Services Corp. ante la misión técnica de la OMI que iniciará en agosto próximo la auditoría de Panamá es una acusación formal de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP), por incumplimiento de los convenios de la OMI suscritos por Panamá y de las leyes y regulaciones aprobadas.Hay hechos que denunciaremos que revelarán el incumplimiento de lo acordado en el Memorándum de Villa del Mar de 1992 y su total desconocimiento, por la AMP.A quien le corresponderá explicar sus injustificables acciones violatorias de dichos convenios, leyes y reglamentos es a la AMP.

La misión de la OMI, atendiendo solicitud hecha en enero de 2007 iniciará en agosto la auditoría, que consiste en una evaluación para verificar si Panamá está cumpliendo con su responsabilidad como Estado rector de Puerto de cumplir y hacer cumplir los convenios y resoluciones suscritos bajo el paraguas de la OMI.PPSC le probará a la misión técnica que el permiso otorgado a la empresa del Dr. Torrijos Richa y los hechos que se han sucedido después, son violatorios del convenio que trata sobre la seguridad de la vida humana en el mar.Si bien las recomendaciones de la OMI contenidas en la Resolución A.960 son guías para ejercer la profesión de práctico y ofrecer el servicio de practicaje, estas han sido adoptadas como de forzoso cumplimiento por la Autoridad del Canal de Panamá, a contrario-sensu la AMP se ha negado a aplicarlas a pesar de que en su momento las respaldó e impulsó su aprobación en los foros internacionales. A propósito de la citada noticia, el vocero de CPI sostiene, demostrando un total desconocimiento de los convenios marítimos internacionales ratificados por Panamá, que "la OMI no se encarga de la regulación de los servicios de practicaje en cada país".

Esta materia es tratada de manera muy especial en el Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia de la Gente de Mar (STCW por sus siglas en inglés). La OMI, efectivamente, regula y dicta guías generales como son las contenidas en la citada Resolución A.960, que ya es parte integral de este convenio. Panamá tiene, en efecto, un reglamento de practicaje desarrollado en base a la Resolución A-485, resolución esta que fue modificada y convertida en la A.960.

En un país en donde con demasiada frecuencia las instituciones competentes nos niegan justicia, el inicio en agosto de la auditoría voluntaria de la OMI se nos presenta como una ocasión propicia para que se inicie un proceso de rectificaciones para enderezar la conducción de nuestro sector marítimo, principalmente a la AMP, para que esta agencia sea eminentemente técnica y no esté al servicio de los políticos de turno.

Sósimo Rovira, presidente de Asociación de Prácticos


Lo que el ciudadano debe conocer sobre el nuevo Código Penal

2 DE JUNIO.Bajo el título "Trabajo en vez de cárcel", en un encomiable artículo del periodista Rafael Luna Noguera, procura explicar los beneficios que conlleva para la sociedad y para el sentenciado la pena de trabajo comunitario establecida por el Código Penal. No obstante, es saludable hacer algunas aclaraciones a fin que los habitantes de este país estén mejor informados.

En el artículo publicado afirma que el trabajo comunitario podrá aplicarse en por lo menos siete delitos y seguidamente los menciona. Más adelante sostiene: esos siete tipos penales tienen en común el hecho de que las penas estén tasadas en dinero, es decir, con el pago de días multa.Importa manifestar que el trabajo comunitario sustituye la pena de prisión, de suerte que quien lo presta no permanecerá en un centro penitenciario.

El artículo 65 del Código Penal establece que el trabajo comunitario podrá ser aplicado por el juez de conocimiento o por el juez de cumplimiento a quien haya sido condenado o esté cumpliendo pena que no exceda de cinco años de presión, y agrego, independientemente del delito por el cual ha sido condenado. Para aplicar tal pena es indispensable que medie el consentimiento del sentenciado. Además, el trabajo realizado no podrá atentar contra la dignidad de éste.El trabajo comunitario sólo se ejecutará en instituciones públicas de salud, de educación o en casos de calamidades. La ejecución se desarrollará bajo la supervisión del juez de cumplimiento, quien solicitará informes periódicos sobre el comportamiento del sentenciado y el desempeño del trabajo a la administración, entidad pública o asociación en que se preste el servicio.

En caso que el sentenciado viole las condiciones establecidas sobre el tiempo, modo o lugar en que deba prestar el servicio, el juez de Cumplimiento podrá suspender la la prestación del trabajo y ordenar que cumpla el resto de la pena que la fuere impuesta.

La pena consistente en la prestación de trabajo comunitario permite que la sociedad pueda utilizar los servicios, sin remuneración, de una persona sentenciada en labores que pueden beneficiar fundamentalmente a sectores humildes de la población. Así, en vez de permanecer recluido en un centro penitenciario constituyendo una carga para el Estado, un médico puede prestar sus servicios en una clínica popular, un educador en campaña de alfabetización, un abogado orientando a quienes dirigen el centro penitenciario, un obrero construyendo una escuela o un hospital, etc.No obstante lo anterior, dudo que muchos sentenciados decidan prestar el trabajo comunitario, pues a pesar que el proyecto original establecía que un día de trabajo comunitario correspondía a un día de prisión, la parte final del artículo 65 del nuevo Código Penal dispone "se computará a favor del sentenciado un día de prisión por cada cinco días de trabajo realizado". Significa que una persona condenada a dos años de presión tendrá que prestar diez años de trabajo comunitario. Tengamos presente que el trabajo comunitario se presta sin remuneración. El cambio hecho al proyecto no incentiva el cumplimiento de este tipo de pena.

José Juan Cevallos, miembro de la Comisión codificadora.


El pueblo es la alfombra para los políticos

4 DE JUNIO.Quiero comentar sobre el "Hoy por Hoy" publicado el día 4 de junio, porque me gustaría que el diario La Prensa investigue quiénes fueron los donantes a la campaña de "Patria Nueva", porque sería muy fácil entender el por qué de las leyes que van contra el medio ambiente, leyes y decretos donde se venden tierra del Estado panameño a precios ridículos, para el lucro de unos pocos, los madrugonazos, los goles que mete el Ejecutivo y la Asamblea, a ciencia y paciencia del pueblo que lo eligió, la parte de la población más afectada.

De la misma manera se puede proyectar a los favorecidos (unos nuevos, otros viejos... los de siempre) en el próximo gobierno... gracias al voto del pueblo. El pueblo es como una alfombra... lo usan los políticos solo para pisarla.

Luis Avilés Taylor


Politiquería y promesas para atraer los votos

4 DE JUNIO.En atención a su reportaje "La batalla política toca las puertas del Concejo", sería interesante, que hiciera un reportaje para que se evaluara la otra población, de clase media, que habita en el distrito de San Miguelito a los cuales los ediles, alcaldes y diputados ignoran por estar tratando de buscar el voto.Nuestras necesidades podrán ser diferentes a los demás segmentos, por los cuales ellos se pelean los votos, pero tenemos iguales derechos, más aún, porque sí pagamos sus salarios a través de nuestros impuestos.

Queremos mayor seguridad, resaltos para las vías, áreas para centros deportivos que disfruten nuestros hijos, de forma tal, que se retorne parte de los impuestos que pagamos. Pero parece que no lo entienden así, prefiriendo entrar en politiquerías y promesas como seguir pagando el popular tanque de gas para atraer el voto.

Karim Daly


 
© 2008. Corporación La Prensa. Derechos reservados.
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