institucionalidad.
DRP será reemplazada por Tribunal de Cuentas
José González Pinilla
jagonzalez@prensa.com
La Dirección de Responsabilidad Patrimonial (DRP), creada hace 18 años, tiene los días contados. La comisión de Hacienda de la Asamblea Nacional aprobó ayer en primer debate un proyecto de ley que crea el Tribunal de Cuentas.
Esta nueva institución reemplazará a la DRP, que nació tras la caída del régimen dictatorial en Panamá.
Según el diputado oficialista Carlos Alvarado, esa dirección nació más bien para persecución política.
Por su lado, Oscar Vargas, magistrado presidente de la DRP, explicó que el tribunal tendrá como principal función juzgar a los funcionarios y a particulares que incurran en irregularidades que afecten el patrimonio del Estado.
"Lo que buscará el tribunal es recuperar el dinero que se manejó de forma irregular" dijo.
A diferencia de la DRP, que es parte de la Contraloría General de la República, el tribunal será una institución independiente, con su propio presupuesto, dijo.
El magistrado sostuvo que los procesos que están en manos de la dirección pasarán directamente al tribunal.
Quien se encargará de realizar las auditorías y fiscalizar los dineros del Estado será la Contraloría, agregó. La investigación la llevará a cabo la Fiscalía de Cuentas, que también será creada junto al tribunal.
De acuerdo con el proyecto, la fiscalía estará a cargo de un fiscal, que será nombrado por el Ejecutivo, por un período de 10 años. Y tendrá que cumplir con los mismos requisitos que se exigen para ser magistrado de cuentas. Este, a su vez, tendrá derecho a nombrar al secretario general de la fiscalía y a funcionarios subalternos.
Durante la discusión, el magistrado Vargas propuso la introducción de un parágrafo que establece garantías laborales para los funcionarios de la Dirección Patrimonial. Según él, hay funcionarios con más de 20 años en el Gobierno que podrían verse afectados con la desaparición de la DRP.
El proyecto que crea el Tribunal de Cuentas fue enviado a la Asamblea por el Ejecutivo, el pasado 26 de marzo.
En las reformas constitucionales de 2004 se estableció en el artículo 281 la jurisdicción de cuentas.
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