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Ausencia de tribunales fiscales
| LA PRENSA/David Mesa |
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| Se viola la Convención Americana de Derechos Humanos. 1033810 |
Marianela Palacios Ramsbott
marianelap@prensa.com
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), hace más de tres años, planteó la necesidad de crear tribunales fiscales independientes de la administración tributaria en Panamá.
"En la actualidad no existe una especialización tributaria en la Corte, no hay jueces especializados en tributación, y eso trae problemas", dijo en mayo de 2005 el viceministro de Finanzas de entonces, Rolando Mirones, quien destacó la iniciativa como una prioridad en su plan de trabajo.
Primero se iba a presentar a la Asamblea Nacional el proyecto de ley que otorgaría a la Dirección General de Ingresos (DGI) plena autonomía administrativa y financiera, y luego el de los tribunales tributarios. A la fecha, ninguno de los dos proyectos ha llegado al Órgano Legislativo.
De acuerdo con un estudio preparado por un comité de la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá, solo cuatro países de América Latina no cuentan con este tipo de tribunales: Panamá, Bolivia, Honduras y Chile.
"En la actualidad, el contribuyente solo tiene como recursos de defensa ante la DGI, la cual en los procesos actúa como juez y parte acusadora, el recurso de reconsideración y apelación ante la propia administración tributaria, -destaca el informe- y una vez agotada la vía gubernativa (administrativa), el recurso de nulidad ante la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) de lo Contencioso Administrativo".
Producto de la reforma fiscal introducida por la Ley 6 de 2005, el fisco aumentó en gran medida las multas y sanciones a las que están expuestos los contribuyentes, en casos de fallas administrativas o defraudación fiscal.
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