UNIVERSIDAD MARÍTIMA.
Urgencia de un estatuto orgánico
Gladys Correa
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El estatuto orgánico es la herramienta que sustenta el quehacer académico y administrativo de un centro de enseñanza, que reglamenta la actuación del personal, sus proyecciones. En él va implícito el objetivo de la institución. Este instrumento toma como base la ley que crea el centro, y debe ser consensuado y elaborado por las partes: docentes y administrativos y estudiantes. De no contar con un estatuto orgánico, los centros de enseñanza caerían en la improvisación y en el caos, al carecer del norte que le permita desarrollar la razón de ser de su creación.
En el caso de la Universidad Marítima de Panamá (UMIP), el estatuto que se elabore debe considerar el recurso humano que había antes de la ley que la creó; es decir, el personal de la antigua Escuela Náutica de Panamá y darle oportunidades de movilidad dentro de la institución. Corresponde al Ministerio de Educación, quien es parte de la junta directiva de la UMIP, establecer cómo deben funcionar las universidades y el perfil del personal que allí labora.
Como creadora del proyecto base de la UMIP, me preocupa el reconocimiento internacional que tengan los egresados y los docentes, así como el crecimiento y las oportunidades de empleo que genere la institución. De no garantizar esto, la UMIP no tendría razón de ser.
La elaboración de la estructura de la UMIP, se inicia con el personal de la antigua Escuela Náutica. Ellos proporcionaron los insumos necesarios para que se concretara la idea de una Universidad Marítima Internacional de Panamá y, por lo tanto, son un recurso que debe ser considerado en ese crecimiento y proyección que tiene actualmente la universidad.
El estatuto orgánico debe establecer el régimen académico, mientras que el plan operativo debe contemplar y demostrar la necesidad del cambio a través del establecimiento de comisiones. Si esto no se hace, se estaría falseando el plan de estudio.
Con respecto a las convalidaciones, estas no pueden ser hechas por la secretaría general, sino que son las facultades las que emiten el criterio a la secretaría general; además de cumplir con el paso de revisión previa, en las comisiones de especialistas.
Para convalidar, se analiza la materia y su contenido. Para garantizar que esto se cumpla, la UMIP como institución de nivel superior debe fortalecer sus programas a lo interno y externo, con especialistas nacionales e internacionales que presten sus servicios de forma temporal de acuerdo a las leyes y normas constitucionales que protegen la carrera docente de Panamá.
La autora es creadora del proyecto de Universidad Marítima Internacional de Panamá
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