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Panamá, miércoles 28 de mayo de 2008
 

DESARROLLO INSTITUCIONAL.

¿Quién dirige la Policía? Un dilema

Irving G. Muñoz A
opinion@prensa.com

Tras la salida de Rolando Mirones de la Policía Nacional, el Presidente puso al frente de esta organización a un oficial de carrera, cayendo la responsabilidad sobre Jaime Ruiz. Esta decisión ha generado múltiples comentarios por parte de integrantes de diferentes colectivos políticos. Quiero hacer algunas aclaraciones antes de vertir mi opinión. Tras los acontecimientos del 20 de diciembre de 1989, en Panamá se desmantelan las Fuerzas de Defensa y, mediante el Decreto 38 se crea la Fuerza Pública. Dentro de los estamentos que la conforman está la Policía Nacional. Luego, en las reformas constitucionales de 1994, se elimina la carrera militar y se crea la carrera policial a la que nos incorporamos todos los que formábamos parte de la nueva Policía Nacional.

En 1997, bajo la administración de Pérez Balladares, se promulga la Ley 18 del 3 de junio en la que se da forma y se asignan funciones a la Policía. La nueva Ley en un artículo polémico, el 41, elimina la posibilidad de que algún uniformado de carrera policial pueda dirigir la institución, aun cuando la Constitución en el artículo 305 establece la carrera policial. Hago este recuento para contestar los comentarios vertidos en diferentes medios, cuando se opina sobre quién debe dirigir la Policía. Algunos dicen que no debe ser un militar, pero para los efectos esto cambió en 1990, la población aceptó este cambio y la Constitución lo establece. Hago la aclaración porque hay personas que hablan de golpes de Estado; hoy esos comentarios son extemporáneos, pues la Policía dentro de las instituciones del Estado es la más disciplinada, respetuosa y obediente del orden constitucional.

No es justo que se vincule el desarrollo institucional de esta Policía con circunstancias que se vivieron en el pasado. Algunos dicen que se viola la Constitución al colocar a un uniformado en la Dirección de la Policía, pero pregunto: ¿no se viola la Constitución al no permitirles este derecho? La Constitución no prohíbe este derecho a los miembros juramentados de la Policía, por el contrario, establece la carrera policial y si la Constitución la establece, ¿no es legal y justo que sus integrantes puedan llegar a dirigir la institución?

En octubre de 2003, el presidente Torrijos manifestó la posibilidad de colocar en la dirección de la institución a un policía. Aun con sus declaraciones, el pueblo lo eligió como Presidente, lo que puedo traducir como el respaldo y la aprobación ante tal intención.

En la actualidad, y frente a la inseguridad en la que nos encontramos, se ha encargado a un oficial en este alto cargo. Esperamos que sepa hacer frente a este compromiso, sin embargo hay circunstancias que harán de este reto una tarea difícil, por lo que se requiere del apoyo de todos, como ciudadanos y no como miembros de un partido, porque es allí donde comienza el desfase de la seguridad, con la incorporación de la política partidista en esta institución.

El que la Policía la dirija un civil o un uniformado no es el dilema, el dilema es que los planes que se formulen sean técnicamente estructurados y que respondan a los intereses nacionales. Además, quienes dirigen el país deben proporcionar los recursos para que se cumpla la misión asignada a la Policía y ayudar a levantar la moral de los agentes para obtener los resultados esperados.

El autor es comisionado retirado de la Policía Nacional
© 2008. Corporación La Prensa. Derechos reservados.
 
 
 
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