NACIONALIDAD.
Bajo la lupa inscripciones fraudulentas
Proyecto para dar un estatus migratorio provisional a quienes se les cancele su inscripción de nacimiento.
| LA PRENSA/Jorge Fernández |
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| magistrados. Erasmo Pinilla, Eduardo Valdés y Gerardo Solís. 998015 |
José Quintero De León
jquintero@prensa.com
Magistrados del Tribunal Electoral (TE) presentaron ayer, al pleno de la Asamblea Nacional, un proyecto de ley que establece un trámite especial para legalizar la residencia y facilitar la naturalización de las personas a quienes se les cancele su inscripción de nacimiento como panameños.
La iniciativa surge, dijo el magistrado electoral Gerardo Solís, por el hecho de que la Dirección de Registro Civil ha detectado unas mil 500 inscripciones fraudulentas –o sin sustentación– de nacimientos de panameños de origen chino, al igual que otras de ciudadanos de otra procedencia.
Solís recordó que "la ciudadanía está reservada a los panameños nacidos en el territorio nacional o naturalizados, y esa condición es la que le permitirá votar y ser elegido".
En su intervención en el hemiciclo legislativo, el presidente del TE, magistrado Erasmo Pinilla, explicó que esta iniciativa busca ofrecer un estatus migratorio provisional a dichas personas que les evite la condición de ilegales y les da un plazo para que formalicen la solicitud de naturalización.
Además, les reconoce el tiempo de residencia que han tenido como nacionales panameños para que se les tome en cuenta al momento de solicitar la naturalización.
El magistrado presidente explicó que basados en la Ley 31 de 2006, la Dirección de Registro Civil empezó una serie de demandas contra numerosas inscripciones de nacimiento que ameritan ser canceladas.
Añadió que si el TE falla en favor del Registro Civil, las personas afectadas quedarán en condición ilegal en el país y sin nacionalidad, ante lo cual surgiría un conflicto de derechos humanos. Esta es la razón por la que se ha plasmado esta iniciativa de interés social y carácter humanitario, indicó.
En su artículo 4, el proyecto de ley establece que las personas a las que se les cancele la inscripción de nacimiento por ser fraudulenta o no tener pruebas que la sustenten, deben presentarse al Servicio Nacional de Migración para obtener un permiso provisional de residencia, mientras reciben el documento legal para formalizar su solicitud de naturalización en un período no mayor de un año.
Este tiempo se contará desde el momento de la cancelación de la inscripción, sin que haya necesidad de salir del país.
En una audiencia celebrada hace poco por el TE, a un ciudadano portador de una cédula panameña que aseguraba haber nacido en Colón, se le comprobó que a pesar de haber residido 28 años en Panamá, su verdadera nacionalidad era salvadoreña, caso que cae bajo este parámetro legal.
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