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Panamá, viernes 22 de febrero de 2008
 

Vía rápida

Jubilados podrán seguir laborando

LEY. Ninguna institución del Estado podrá exigir la renuncia al cargo de un servidor público como condición para jubilarse o pensionarse. Así lo estipula el artículo 2 de la Ley 40 de 2007 sobre el retiro por edad de los funcionarios y que fue promulgada ayer en Gaceta Oficial.

De ahora en adelante, quienes hayan cumplido la edad de jubilación pueden seguir laborando. Rafael Medina, de la Confederación de Jubilados, dice que preocupa el hecho de que esta ley pueda cerrarles las puertas a los jóvenes que pretenden ingresar al campo laboral.

Eliana Morales Gil

© 2007. Corporación La Prensa. Derechos reservados.
 
 
 
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