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Panamá, viernes 11 de enero de 2008
 

DECRETO LEY QUE REFORMA A MIGRACIÓN.

Cónsules ejercerían funciones migratorias en el exterior

El proyecto que discutirá el Ejecutivo contempla el establecimiento de cuatro categorías migratorias.

LA PRENSA/David Mesa
La propuesta promueve la inmigración ‘selectiva’.968309
Eliana Morales Gil
emorales@prensa.com

La propuesta que reforma la ley migratoria del país, y que deberá discutir el Gabinete del presidente Martín Torrijos, antes del 29 de febrero, le da facultades al personal diplomático y consular de Panamá en el exterior para ejercer funciones migratorias.

El personal diplomático de Panamá en los distintos países podrá recibir y tramitar de forma expedita las solicitudes de visa que les sean presentadas. Las visas de residente temporal a favor de extranjeros que deseen estudiar en Panamá, de turista, y de corta estancia, están dentro de esta categoría.

VISADOS

No inmigrantes, inmigrantes temporales, inmigrantes residentes y extranjeros bajo protección del Estado son las cuatro categorías que contempla el proyecto de ley. En la actualidad, la Dirección Nacional de Migración y Naturalización otorga las visas de comerciante, de inmigrante y de turista.

El borrador de la propuesta define como no inmigrante a quienes ingresen ocasionalmente al país por tiempo limitado, en este grupo están los turistas, los pasajeros y tripulación en tránsito y los visitantes de corta estancia.

El inmigrante temporal, se le llamará al extranjero que ingrese al país para quedarse por un periodo no menor a un año, y hasta un máximo de cinco años. Los trabajadores, las personas que son remuneradas desde el exterior, y por convenios internacionales, integran esta categoría.

Los inmigrantes residentes son los que llegan al país para establecerse en el mismo, por ejemplo, los inversionistas, extranjeros con recursos propios, por políticas especiales, misioneros y religiosos, por educación y cultura, por poblamiento y por reunificación militar.

En la categoría de extranjeros bajo protección del Estado, podrán estar los refugiados, los asilados, los apátridas y las personas bajo protección temporal humanitaria.

De acuerdo a la iniciativas, las nuevas categorías fueron creadas para implementar el sistema de cuotas por profesión y para garantizar que los deseen estudiar o trabajar lo hagan con el visado correspondiente.

© 2007. Corporación La Prensa. Derechos reservados.
 
 
 
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