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Panamá, lunes 17 de diciembre de 2007

Yasmina Reyes.
yreyes@prensa.com

FOTODENUNCIA
Desperdicio evidente
LA PRENSA| Víctor Arosemena

CONTAMINACIÓN | Mientras el Gobierno anuncia con bombos y platillos el lanzamiento del proyecto del saneamiento de la bahía y la construcción de la cinta costera y nueva vialidad en la Avenida Balboa, aún persiste entre los ciudadanos la práctica de tirar los desperdicios en los ríos que, precisamente, van a desembocar en la bahía de Panamá.

Prueba de ello es que el pasado viernes 14 de diciembre, cuando bajó la marea, salió a relucir la basura que se queda a la orilla del mar y le quita la belleza a la playa. Datos oficiales indican que en la ciudad de Panamá se generan cerca de 900 toneladas de basura por día.


Carlos Jones replica por ‘revocatoria de control’

11 DE DICIEMBRE.Me dirijo a esta junta directiva solo con la esperanza de encontrar eco de responsabilidad y respeto por la verdad en el manejo de la información de los afamados ataques contra mi familia del que soy objeto desde el accidente de tránsito, he permanecido estoico, al entender los orígenes reales de los mismos; sin embargo, me resisto a pensar que la misma cuenta con el apoyo total del personal que compone dicha estructura, aun conocido las mentiras y falsedades que se reproducen por parte de periodistas inescrupulosos, que venden su alma y las de su profesión por un puñado de pesos; no obstante, estoy firmemente convencido de que el derecho a la información no es una concesión de ningún sector, grupo político, económico, comercial o industrial, sino un derecho humano inherente e inalienable al ser humano, y cuando esta se usa desinformando o manipulado la información, constituye un ataque contra el ser humano en sociedad y debe ser repelido por las fuerzas sociales que la integran.

La información es un Derecho de todos, no solo de los medios, de todos y la desinformación, en la noticia, así como su incorrecta divulgación es un crimen contra todos y cada miembro que la integran, aun nuestra leyes y hombres no han logrado entenderlo. No obstante, algún día más temprano que tarde lo haremos, es parte del desarrollo, algún día podremos exigirlo. Bajo este contexto quiero iniciar mi réplica. En primer lugar la información, que publicaron el domingo 9 de diciembre de los corrientes que señala: "Revocan control a Carlos Jones", es falsa por lo siguiente:

PRIMERO: No he sido encargado de ningún bien, por tanto, no se me puede revocar de algo que no se me ha entregado.

SEGUNDO: Lo que se pretende es defender a la juez que en una demostración de abuso y de ilegalidad, ordenó el cambio de las cerraduras de los apartamentos secuestrados penalmente, y le comunicó a los inquilinos que tenían que pagarle a su ex compañero de estudios y amigo personal, tanto de ella como de su esposo, el licenciado Arrocha, el cual, bajo amenaza de impedirles el acceso a su domicilio, como en efecto sucedió con uno de los inquilinos. Este periodista no dice la verdad, y los que apoyan en esta aventura de desinformación son los verdaderos enemigos de nuestro derecho de ser informados correctamente.

TERCERO: Se pretende ocultar que esta publicación es para defender contra todo derecho, una acción, por lo sumo arbitraria, que fronteriza con actos extorsivos, practicados por un tribunal que en NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, viola todo precepto legal utilizando el Estado de Derecho, para infringir las normas que se supone debe defender y proteger.

CUARTO: El secuestro penal es una acción practicada por el Estado en defensa y protección de los bienes que fueron obtenidos en fraude, como en efecto quedó demostrada, por el juzgado primero penal del circuito penal de Panamá.

En consecuencia, no se puede practicar un secuestro por encima del Estado. Lo ocurrido es grave, no es justificable por nadie, que se pretenda serio y, mucho menos defender esta fechoría con plumas del mismo designio. QUINTO: No es viable aplicar un secuestro sobre otro existente. Con administradores designados, en servicio y a sabiendas de su existencia, utilizando normas inexistentes para distorsionar el derecho. Esta sociedad no puede aceptar, ni tolerar, que los jueces abusen del derecho so pretexto de interpretar, mal la ley. Y más grave cuando una de las partes está vinculada directamente con la juez, y se ufana de serlo, en detrimento de una de las partes.

SÉPTIMO: No podemos permitirnos el lujo de defender con falsas informaciones, actos extorsivos so pretexto de contender a un adversario, que no es más que el pretexto de mimetizar la corruptela en el suministro de la información. No puede evitar que la sociedad panameña esté integrada por negros, indios, cholos y pobres en su inmensa mayoría. No podemos seguir discriminando a nuestros propios hijos por un desconocimiento cultural, espiritual y moral.

Carlos A. Jones R.


Sobre la jurisdicción territorial y marítima entre Colombia y Nicaragua

15 DE DICIEMBRE. La nota "CIJ cede islas a Colombia" en la edición del 14 de diciembre de 2007, referente a la sentencia dictada el día anterior en La Haya por la Corte Internacional de Justicia (CIJ) para determinar su jurisdicción en el caso territorial y marítimo entre Nicaragua y Colombia, reporta erróneamente que la Corte "resolvió de forma salomónica la disputa" y que "por un lado, cedió a Colombia la soberanía sobre las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y por otro, desconoció la actual frontera marítima". En realidad, la CIJ ni ha cedido ninguna soberanía ni ha desconocido frontera alguna. Su sentencia del 13 de diciembre pasado es solamente una de jurisdicción, por lo que ningún punto de fondo en ese caso es todavía sujeto de decisión. Sobre el aspecto territorial, la CIJ no "cedió" nada, ni podía hacerlo.

Se limitó a reconocer la vigencia del tratado Esguerra-Bárcenas suscrito por ambos países en 1928, el cual declara la soberanía de Colombia sobre las tres islas citadas "y todas las demás islas, islotes y cayos que hacen parte de dicho Archipiélago de San Andrés". No pudiendo existir una disputa internacional respecto a puntos que las partes habían previamente acordado en un tratado, a la Corte no le quedaba nada sobre qué decidir. Sin embargo, el tratado Esguerra-Bárcenas no define qué otras "islas, islotes y cayos" comprenden el "Archipiélago de San Andrés", omitiendo así la declaración expresa de la soberanía colombiana sobre los cayos Roncador, Quitasueño y Serranilla, entre otros, e ignorando la delimitación completa de la frontera marítima colombo-nicaragüense. Al no haberse establecido nunca esta frontera conforme al derecho internacional, la CIJ no podía "desconocer" una que legalmente es incierta. Como resultado determinó que en esos dos aspectos sí existe una disputa bilateral y que por consiguiente tiene jurisdicción para decidirlos con fundamento en el Pacto de Bogotá de 1948, a falta de acuerdo entre las partes, en la eventual sentencia de fondo en el caso.

Fernando Gómez Arbeláez


Cuestionan información sobre sanción a inmobiliaria

12 DE DICIEMBRE.Tenemos a bien indicarle que la sociedad Condominio Majestic Gardens S.A., (Majestic Gardens Corp.), la cual es una sociedad inscrita en la ficha No. 453433, documento No. 612936, con domicilio en Edison Plaza, tercer piso, empresa del grupo Pacific Hills, hasta la fecha no ha sido sancionada, condenada como usted indica en la noticia [titulada "Advierten sobre nueva cláusula abusiva", que se publicó en la edición del pasado 12 de diciembre], aduciendo como fuente a la Defensoría de la Autoridad de Protección al Consumidor, por lo que la noticia debe ser corregida en tal sentido, ya que la falsa información puede causar perjuicio de la empresa. Nosotros inmediatamente acudimos ante la autoridad de Protección al Consumidor y en dicha institución no consta que se haya sancionado la empresa, así como tampoco en el Juzgado Octavo Civil.

Le agradecemos se contacte con nosotros, con la menor brevedad posible, para subsanar este tipo de errores. Nos indique qué personas en la Autoridad de Protección al Consumidor le dieron esa información incorrecta, puesto que nosotros estuvimos todo el día investigando, aun en la defensoría de Protección al Consumidor y no consta que se le haya dado tal información, ni que haya ocurrido tal hecho.

Abraham Isai Valles V.


Critican inacción ante negligencia médica

14 DE DICIEMBRE.Es increíble cómo en Panamá, muere la gente por negligencia médica y las leyes no los castigan; se castiga al asesino de la calle, pero aquellos asesinos que laboran en un hospital no les hacen nada, no es el primer caso, hay cientos de ellos de gente humilde, y el Gobierno no hace nada.

Pero si fuera la hija de un rico, que muere, entonces sí actuarían. ¿Cuánta más gente tiene que morir para que un médico cumpla con su deber, ahora están peleando más dinero y no se dan cuenta que el mismo pueblo les da el dinero cada vez que nos vamos atender. Entonces, ¿por qué nos tratan como animales?

Mayerly Girlado


Autoridad del Consumidor aclara sobre inmobiliarias

12 DE DICIEMBRE. El 11 de diciembre pasado la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia informó que unas inmobiliarias tienen sentencia en los tribunales. [La información se publicó en la nota titulada "Advierten sobre nueva cláusula abusiva", el pasado 12 de diciembre]. Nos gustaría aclarar que las sociedades Procasa, Inmobiliaria del Golf, S.A. y Majestic Garden Corp. llegaron a un acuerdo satisfactorio entre las partes y no fueron condenadas por cláusulas abusivas.

Oriel Domínguez
Jefe de Defensoría de Oficio de la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia




© 2007. Corporación La Prensa. Derechos reservados.
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