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Panamá, viernes 14 de diciembre de 2007
 

CHIRIQUÍ GRANDE.

Derrame de crudo de PTP afectó zonas protegidas

En Cayo Zapatilla 1 y Cayo Zapatilla 2, en el Parque Marino Isla Bastimentos, se halló residuos de petróleo.

LA PRENSA/Archivo
PTP debe presentar un informe de la limpieza. 955760
José Arcia
jarcia@prensa.com

El derrame de crudo en Chiriquí Grande, por parte de la empresa Petroterminal de Panamá (PTP), contaminó zonas protegidas.

Entre los impactos producidos al ambiente está la afectación a las islas de Cayo Zapatilla 1 y Cayo Zapatilla 2, ubicadas dentro del Parque Marino Isla Bastimentos, declarado área protegida desde 1988.

Así lo determinó la Autoridad Nacional del Ambiente (Anam), mediante la resolución AG-0777-2007, por la que sanciona a la empresa con 2 millones 4 mil 678 dólares, de los que un millón 399 mil 296 corresponden al pago que debe realizar PTP en concepto de recuperación de los recursos naturales impactados.

El resto (605 mil 382 dólares) es la multa impuesta a PTP por el derrame de crudo en la Laguna de Chiriquí Grande.

Otro de los impactos producidos al ambiente como consecuencia del derrame de crudo es la afectación de 15.8 hectáreas de manglar y 2.79 hectáreas de vegetación aledañas al sitio del derrame. Una hectárea de esta última era un bosque en el que se afectaron 103 árboles de diferentes especies.

Además se registraron daños en los suelos aledaños al área de derrame y playas costeras de Chiriquí Grande.

En las orillas de las costas y en tierras altas hubo perjuicios en el aire como consecuencia de los malos olores producidos por el petróleo, lo que fue verificado por el Ministerio de Salud, tal como señala la resolución de la Anam.

Especies marinas de consumo humano también sufrieron.

Luis Roquebert, gerente general de PTP, dijo que desconocía de la sanción de la Anam y que contactaría a sus abogados para averiguar sobre la medida. Se comprometió a devolver la llamada en horas de la tarde u hoy. Al cierre de esta nota no había llamado.

La Anam, además, ordena a la empresa realizar medidas de mitigación.

Por ejemplo, ordena a PTP presentar ante la Anam un informe de la disposición final de los residuos generados durante los operativos de la limpieza. El documento debe ser entregado en un término de dos meses, después de la notificación, por parte de la empresa, de la resolución, hecho que se dio ayer.

También le concede un periodo de tres meses para que presente un plan de remediación o tratamiento final del material contaminado, recuperado y confinado en la tina de almacenamiento. La empresa tiene cinco días para pedir una reconsideración de la medida.

© 2007. Corporación La Prensa. Derechos reservados.
 
 
 
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