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Panamá, domingo 9 de diciembre de 2007

Aunque desde los Tribunales de Nüremberg, luego de la Segunda Guerra Mundial, ya el principio de obediencia debida había sido identificado como un obstáculo para juzgar y condenar a militares por crímenes contra la humanidad, la Presidencia ha incluido este peligroso concepto en el reglamento disciplinario del Servicio de Protección Institucional (SPI).

En otras palabras, cualquier miembro del SPI que cometa fallas actuando bajo la orden de un superior jerárquico, podrá ser eximido de responsabilidad, sin importar la gravedad del error. Tomando en cuenta los incidentes en los que ha estado involucrado el SPI, y considerando que este cuerpo armado está dirigido por un militar -a pesar de que la ley lo prohíbe-, esta reforma viene como anillo al dedo a una institución que urgentemente necesita encontrar justificaciones para sus erráticas actuaciones.

El precedente es funesto, pues aun habiendo responsabilidad para quien da las órdenes, la obediencia debida invita a los subordinados a cumplirlas sin pensar en las consecuencias. Otro paso hacia atrás.




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