VENEZUELA. DECIDEN HOY SOBRE REFORMA CONSTITUCIONAL.
Un preciso mapa hacia lo desconocido
El cambio constitucional permite que el presidente pueda ser reelegido de forma indefinida.
Nuevas instancias comunales cambian la estructura del Estado, dando mayor poder al Ejecutivo.
| REUTERS/Jorge Silva |
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| PERCEPCIÓN. La reforma constitucional busca realizar cambios profundos en la realidad venezolana. Para muchos es solo un blindaje para que el presidente Chávez se perpetúe en el poder.949497 |
Aristides Cajar Páez
acajar@prensa.com
Hoy domingo 2 de diciembre de 2007 el destino de Venezuela se juega en las urnas.
No se decide un período gubernamental al final del cual los electores podrían, si lo desean y logran ponerse de acuerdo, optar por otro presidente, por otra orientación política. En esta ocasión la propia esencia institucional del país va a quedar sellada, tal vez para el resto del siglo que aún no completa su primera década.
Y es que el presidente Hugo Chávez, en parte para asegurar un nuevo período en el poder y para profundizar su "revolucion bolivariana", ha sometido hoy a consulta nacional la reforma de 69 artículos de la Carta Magna.
La reforma le permitiría ampliar su mandato de forma indefinida y concentrar como nunca antes el poder. Lo haría en forma aparentemente diluida a través de novedosas e inéditas entidades de tipo colectivo o comunal que redibujarían la estructura completa del Estado.
El cambio ahora es en profundidad: el autodenominado carácter socialista de la revolución bolivariana pasaría ahora a definir de manera formal e institucionalizada el rasgo fundamental del Estado venezolano.
Algo que analistas y críticos se han planteado es que si estos cambios suponían una profundización y radicalización de la llamada Revolución bolivariana, entonces ¿por qué no se hicieron a través de una Asamblea Constituyente de plenos poderes y en cambio se escogió el camino de las reformas?
CAMBIOS
Los cambios son diversos y están articulados entre sí, de tal suerte que funcionen como un mecanismo unificado.
Pero un repaso a los más relevantes puede ayudar a dar un vistazo de hacia dónde va el conjunto:
La modificación al artículo 230 , una de las más polémicas, aumenta de seis a siete años el período presidencial. Además, se retiran los límites para ser reelegido en el cargo.
Aparece como unidad política primaria la ciudad, integrada por "comunas", las cuales a su vez estarán conformadas por las comunidades, "cada una de las cuales constituirá el núcleo territorial básico e indivisible del Estado socialista venezolano"
El presidente de la República podrá decretar regiones marítimas, territorios federales, municipios federales, distritos insulares, provincias federales, ciudades federales y distritos funcionales, previa aprobación de la Asamblea Nacional. Asimismo, el presidente de la República designará y removerá las autoridades respectivas, por un lapso máximo que establecerá la ley. Se restablece la figura del Distrito Federal que había sido reemplazada en 1999 por la del Distrito Capital.
Reduce la jornada laboral máxima diurna de 8 horas diarias o 44 horas semanales a seis horas diarias o 36 horas semanales.
Cambia el llamado a la promoción de la propiedad privada por la promoción del desarrollo de empresas y unidades económicas comunales, estatales y mixtas con el sector privado. Establece cinco formas de propiedad: propiedad pública, propiedad social, propiedad colectiva, propiedad mixta y propiedad privada
Se retira el derecho a la información de las garantías que no pueden ser suspendidas o restringidas durante estados de excepción. Se retiran los plazos máximos para los estados de alerta, de emergencia, de emergencia económica y de conmoción interior y exterior, permitiendo que se extiendan "mientras se mantengan las causas que los motivaron".
PUNTOS DE UNA REFORMA
PRESIDENCIA: Aumenta de seis a siete años el período presidencial. Además, se retiran los límites para ser reelegido en el cargo.
TRABAJO: Reduce la jornada laboral máxima diurna a 6 horas diarias o 36 horas semanales.
PROPIEDAD: Cambia el llamado a la promoción de la propiedad privada. Establece cinco formas de propiedad: pública, social, colectiva, mixta y privada.
EXCEPCIÓN: Se retiran los plazos máximos para los estados de alerta, de emergencia y de conmoción.
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