bienes raíces.sentencia fue emitida este 27 de noviembre.
Tercer Tribunal falla por caso de cláusulas abusivas
Es práctica común permitir que la promotora declare resuelto el contrato y retener las sumas pagadas.
El fallo se pronunció en contra del aumento de precio por incremento en los costos de materiales.
| LA PRENSA |
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| boom. Tribunal declaró ‘abusivas’ cláusulas que son comunes en los contratos de compraventa.949190 |
Mario A. Muñoz
andresm@prensa.com
La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia destacó ayer un fallo emitido el 27 de noviembre pasado, con el cual se abre un camino jurídico en favor de los compradores de bienes inmuebles.
"Se debe tomar en cuenta la opinión jurídica que ha dado el tribunal al pronunciarse por primera vez sobre esta materia", señaló Oriel Domínguez, abogado que presentó la demanda en representación de una consumidora en contra de la Sociedad Neto.
El Tercer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial de Panamá ratificó el fallo de primera instancia, con lo cual declaró "abusivas" ciertas cláusulas que son comunes en los contratos de compraventa de inmuebles.
Se incluye una que permite a la promotora declarar resuelto el contrato y retener la totalidad de las sumas pagadas por cualquier causa que estime.
Una que establece la facultad de desistir de la construcción por cualquier causa sin mayor responsabilidad ni indemnización por daños y perjuicios.
Una que se refiere al aumento del precio por incremento en los costos de materiales y la que obliga al consumidor a acudir a un arbitraje.
El fallo solo modificó la sentencia de primera instancia en el sentido de que la cláusula relacionada al pago del 1% sobre el saldo del precio de venta del apartamento a partir del permiso de ocupación hasta la inscripción de la escritura no era abusiva.
La sentencia sienta un precedente, pero no tiene un impacto directo en el resto de los contratos.
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