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Panamá, viernes 9 de noviembre de 2007
 

INCONSTITUCIONALIDAD.LEY 51 DE 2005 QUE RIGE LA CAJA DE SEGURO SOCIAL.

‘Jubilados pueden trabajar’

El pleno de la Corte le advierte a la CSS que han hecho caso omiso de sus pronunciamientos.

El fallo señala que la pensión no constituye una expectativa, sino un derecho adquirido del asegurado.

LA PRENSA/Archivo
LEY. Según el dictamen de la Corte, es a todas luces inconstitucional que el asegurado tenga que renunciar para poder solicitar su pensión de vejez. 938516
José Otero
jotero@prensa.com

El pleno de la Corte Suprema de Justicia reiteró su posición sobre la inconstitucionalidad de normas que obligan a los asegurados a renunciar al trabajo para poder hacer efectiva su pensión de vejez.

En este sentido, el más reciente fallo de la máxima corporación de justicia, fechado 28 de septiembre de 2007, con la ponencia del magistrado Winston Spadafora, declaró inconstitucionales varias frases contenidas en los artículos 168 y 174 de la Ley 51 de 2005 que rige la Caja de Seguro Social.

El dictamen, que fue unánime, calificó como violatorias a la Constitución las frases "con la finalidad de reemplazar dentro de ciertos límites los ingresos que dejen de percibir de su ocupación, podrá optar por retirarse", así como también la frase " y haya cesado su relación laboral con el empleador".

Estas conclusiones del pleno surgieron del análisis realizado de la advertencia de inconstitucionalidad promovida por la firma Galindo, Arias & López, en representación del doctor Rafael Pérez Ferrari contra dichas frases .

Explican los magistrados que la pensión o jubilación, que es reconocida por una entidad oficial o institución en virtud de una ley que las ha establecido, no constituye una mera expectativa, sino un derecho adquirido del asegurado, que no se puede desconocer por leyes posteriores.

Por tanto, agrega el fallo, a los asegurados que han cumplido con su cantidad de años laborados y las cuotas exigidas por las leyes al respecto, "no puede exigírseles requisitos adicionales".

"Ha sido una materia tantas veces analizada y estudiada por la Corte a través de múltiples precedentes que, casi desde la década de los años 50 hasta nuestros días, ha mantenido una uniformidad de criterio en señalar que es a todas luces inconstitucional exigirles a las personas que tengan que renunciar para poder solicitar la pensión de vejez", añade el dictamen.

Recalcan los integrantes del pleno que es patente que las frases demandadas "infringen evidentemente" los artículos 40, 47 y 64 de la Carta Política.

Además, le advierten a las autoridades de la CSS que "deben ser más cuidadosas de promover la creación de disposiciones legales que atenten contra los derechos adquiridos de los asegurados".

También informan a los encargados de dirigir esta dependencia de seguridad social, "que pareciera que la CSS hace caso omiso a los pronunciamientos de la Corte", en esta materia.

El cuestionamiento de los magistrados de igual forma se extendió a los diputados de la Asamblea, al señalarles que ellos "también deben estar pendientes y evitar reproducir normas jurídicas y frases contenidas en estas, sobre las cuales ya pesa un pronunciamiento de inconstitucionalidad".

El pleno también rechazó, por improcedente, una oposición a esta advertencia, presentada por el director de la Caja, René Luciani.

© 2007. Corporación La Prensa. Derechos reservados.
 
 
 
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