| CHILE.
Milagros con pies de barro
Emilio García Méndez
La noche del 22 de octubre pasado no fue una noche cualquiera para Chile. Un rutinario motín de adolescentes en un centro cerrado (vulgar eufemismo para denominar a una cárcel de menores) para infractores a la ley penal en la sureña ciudad de Puerto Montt, terminó en una verdadera tragedia. Esa noche, 10 adolescentes murieron como consecuencia de asfixias y quemaduras.
Mas allá de los detalles que rodearon a un acontecimiento como este y que esperemos sean prontamente esclarecidos por la justicia, algunos aspectos de la cuestión no precisan aguardar el fin de las investigaciones para someterlos a una breve reflexión crítica. Muchas instituciones, entre las que vale la pena destacar la pronta y decidida reacción de la oficina de Unicef en Chile, no dudaron en declarar que la tragedia pudo haberse evitado. Estas afirmaciones se vinculan en forma prácticamente directa no solo a fallas groseras en los sistemas de seguridad y antiincendios, tal como fue expresado por los bomberos del lugar, sino también con la polémica que rodeó la aprobación y entrada en vigencia de la muy reciente ley 20,084 de Responsabilidad Penal Juvenil.
Según los postulados de los primeros anteproyectos de esta ley, se trataba de dar un paso enorme, en la medida en que las transformaciones jurídicas que se proponían implicaban al mismo tiempo profundas transformaciones en el plano cultural. De un modelo tutelar de "crueldad bondadosa" vigente durante décadas, se trataba de adoptar un modelo de responsabilidad y garantías que permitiera resolver en forma transparente, racional y democrática los conflictos de los menores de edad con la ley penal. En el larguísimo y complicado proceso de aprobación parlamentaria se introdujeron algunos "pequeños" cambios que alteraron sustancialmente la propuesta original.
Algunas profundas transformaciones quedaron a medio camino. La eliminación del carácter "excepcional y último recurso" de la privación de libertad, tal como lo establece textualmente la Convención Internacional de los Derechos del Niño, constituyó el punto medular y más significativo del fracaso de la reforma. Para decirlo con mucha claridad, se trató de una especie de pacto, que combinó lo peor de la discrecionalidad tutelarista, con lo peor de la dureza y rigidez del sistema penal de adultos. En otras palabras, no sólo se permitió sino que directamente se alentó un uso laxo de la privación de libertad también para delitos considerados de menor gravedad. Se propuso así el uso de la privación de libertad, no como respuesta excepcional a delitos graves, sino como forma de política social "reforzada" para adolescentes pobres. Curiosamente, una propuesta como esta que parte de una profunda relativizacion del valor de la libertad, no fue solamente apoyada por los consabidos partidarios de la mano dura, sino que consiguió apoyo y adeptos entre sectores progresistas, partidarios decididos de las bondades de los "tratamientos" intensivos en condiciones de "internación" (que es la forma como la conciencia sucia denomina a la privación de libertad de los menores de edad).
Vanas fueron las advertencias y recomendaciones de una comisión de expertos, que señaló la falta de preparación del sistema imperante para atender el crecimiento cuantitativo de la demanda por más plazas de "internación" y en consecuencia sugirió, tanto ajustes legislativos, cuanto la postergación de la entrada en vigencia de esta ley.
Pobre y lerda parece hasta ahora la reacción del gobierno frente a la magnitud de la tragedia. Entre las confusas reacciones oficiales, una de ellas, de ser confirmada, se destaca por su torpeza e insensibilidad. Según esta información, el gobierno impulsaría una ley para facilitar el ingreso inmediato de los cuerpos armados (Gendarmería, en este caso), a todas las instalaciones de los centros.
Pareciera que los pies de barro no son un atributo exclusivo de los gigantes, también se encuentran entre los milagros.
El autor es abogado y es catedrático de la Universidad de Buenos Aires
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