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Panamá, jueves 18 de octubre de 2007
 

JUZGADO DÉCIMO TERCERO PENAL.

Asistente sin idoneidad actúa de abogada

Rafael Pérez G.
rperez@prensa.com

En un hecho sin precedentes en el pasado reciente, una asistente de juez penal, cuya idoneidad de abogada está en "trámite" en la Sala Cuarta de la Corte Suprema de Justicia, ha presidido audiencias en ese tribunal circuital.

La información fue confirmada por el propio juez décimo tercero, Raúl Olmos, quien añadió haber nombrado a Yasury Sánchez, como su asistente y que en ocasiones la funcionaria ha presidido audiencias penales.

Ante la pregunta de que si tal designación no violaba disposiciones del Código Judicial, el juez Olmos se defendió y dijo que ese trámite había sido autorizado por el Departamento de Recursos Humanos del Órgano Judicial.

"Ella [Sánchez] se graduó de abogada, pero su idoneidad está en trámite", dijo el juez.

Según el Acuerdo 12 de 13 de octubre de 1992 de la Corte Suprema de Justicia, para desempeñar el cargo de auxiliar de magistrados y jueces se requiere, entre otros, haber cumplido 25 años de edad y tener diploma de licenciado en derecho debidamente inscrito en el Ministerio de Educación.

Pero la propia Ley No. 9 de 18 de abril de 1984 que regula el ejercicio de la abogacía, establece que "para ejercer la profesión de abogado se requiere poseer certificado de idoneidad expedido por la Corte Suprema de Justicia".

El Artículo 57 del Código Judicial señala que los nombramientos que se hagan en contravención a las disposiciones de la ley, no tendrán efectos fiscales y la autoridad nominadora está obligada a declararlos insubsistentes .

Pero el juez Olmos insistió en su punto y dijo que este no es el único caso en el Órgano Judicial, aunque no dio ejemplos.

© 2007. Corporación La Prensa. Derechos reservados.
 
 
 
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