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Panamá, miércoles 10 de octubre de 2007
 

OBJECIONES.EL JEFE DEL EJECUTIVO SOLO CONSIDERÓ DOS ASPECTOS A LA HORA DEL VETO.

Lo que Torrijos dejó por fuera

El jefe del Ejecutivo no incluyó las principales preocupaciones del pueblo: los cupos e indemnizaciones.

El veto del Presidente se basó en la seguridad de los buses y en la conformación de la directiva de la ATTT.

LA PRENSA/Ramón Jurado
MALAS PRÁCTICAS. Los usuarios están descontentos por el servicio que reciben actualmente.923760
Flor Mizrachi Angel
flor@prensa.com

Ocho días después de que la Asamblea aprobara en tercer debate el proyecto de ley del transporte público, el presidente, Martín Torrijos, lo vetó.

Las objeciones no satisfacen a los usuarios. El Presidente se limitó a vetar el proyecto ley por dos aspectos: la formación de la directiva (que según lo aprobado tendría a cuatro transportistas y a dos usuarios), y la seguridad de los vehículos que prestan el servicio. Según Torrijos, los usuarios quedan "en total desventaja". Acerca de la seguridad, indicó que se debe establecer que los buses "respondan a los estándares internacionales".

Once grupos, entre ellos la Asociación Panameña de Ejecutivos de Empresa, el Consejo Ecuménico, el Movimiento 23 de Octubre, la Cámara de Comercio y la Defensoría del Pueblo pidieron que el veto incluyera otros aspectos.

LAS OBJECIONES

El artículo 2 impone indemnizaciones para los transportistas que no deseen continuar en el negocio en caso de la implementación de un sistema masivo. El servicio es del Estado, y por eso, la sociedad civil aduce que no hay fundamento para indemnizaciones.

El artículo 4, que trata las causales de terminación del contrato de concesión, es causa de fricciones, porque no establece que se les aplicarán a quienes trabajan sin tener un contrato. Del artículo 9, aducen que se omitió establecer el alquiler de placas como causal de terminación del cupo.

Sobre el artículo 10, dicen que el criterio es muy amplio, pues no establece desde cuándo comenzará la revisión de los carros; sobre el artículo 15, que establece la obligatoriedad del seguro por pasajero, sugieren que se fije un plazo máximo de 90 días para comprarlo y que los buses porten su certificado de seguro en un plazo no mayor de 120 días.

Del artículo 8, que establece que en caso de que un dueño de cupo muera, su derecho de concesión pasa a un familiar, el defensor del Pueblo, Ricardo Vargas, comentó que "surge un elemento extraño a nuestro ordenamiento jurídico".

La carta de Torrijos fue enviada a Pedro Miguel González, presidente de la Asamblea. Ahora, los diputados pueden aprobarla por insistencia, lo que podría representar una ruptura entre el Ejecutivo y el Legislativo, o discutir los cambios propuestos, para luego convertirla en ley.

¿Qué pasará con la ley?

.VETO: El Ejecutivo envía sus consideraciones a la Asamblea Nacional.

.DECISIÓN: Los diputados tienen dos posibilidades: discutir lo sugerido por Torrijos, o aprobar la ley por insistencia. Si eligen la segunda opción, podría crearse un roce entre el Ejecutivo y el Legislativo.

© 2007. Corporación La Prensa. Derechos reservados.
 
 
 
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