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Reportaje especial
Panamá, viernes 3 de agosto de 2007
 

exportación.el estado impone límites.

Ley de CAT entró en vigor

El Conep advierte que hay que mejorar la fiscalización en los otorgamientos de este beneficio fiscal.

El nuevo marco legal fue sancionado el martes 1 de agosto y publicado ayer en ‘Gaceta Oficial’.

LA PRENSA/Jihan Rodríguez
NO TRADICIONAL. Con las nuevas reglas del CAT, el fisco reconoce a los exportadores un crédito fiscal equivalente a 5%, 10% o 15% del ‘valor agregado’ de sus exportaciones.890527
Mario A. Muñoz
andresm@prensa.com

A pesar de que los certificados de abono tributario (CAT) han sido objeto de investigaciones por sospechas de irregularidades en su otorgamiento, la Ley No. 37, que modificó la Ley 108 de 1974 y entró en vigencia plena ayer, les extendió la vida hasta 2009.

Esta nueva ley, de ocho artículos, fue sancionada este martes 1 de agosto y publicada ayer en Gaceta Oficial.

La Dirección General de Ingresos mantiene abiertas auditorías contra 10 empresas que recibieron CAT en 2006.

La Ley 37 aplazó la eliminación total de los certificados, pero limitó el número de productos que se verá beneficiado con este subsidio fiscal.

Se excluyeron los beneficios a la exportación de aletas de tiburón, langosta y ganado en pie de raza fina. Y se incluyeron productos no tradicionales como tubérculos, zapallo, sandía y melón. También el resto de los productos del mar.

"Los incentivos deben tener una fuerte fiscalización y, en ese sentido, hay que introducir un mecanismo de rendición de cuentas de parte de los beneficiarios", señala José Javier Rivera, ex presidente del Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep).

A juicio de este gremio, el sector agrícola se le debe estimular para que se transforme en actividad agroindustrial. "Hay que promover el trabajo digno y mejores políticas de capacitación en el sector", acotó.


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