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Archivan caso contra empacadoras de arroz
Como la Autoridad del Consumidor mantenía un proceso abierto, no hubo condena. Mario A. Muñoz
andresm@prensa.com
El Juzgado Quinto de Circuito Penal decidió archivar una demanda por supuesto delito contra el patrimonio en contra de las empresas responsables por la venta de arroz a una calidad que no correspondía con lo que se ofertaba.
El juzgado se hizo eco de la vista fiscal de la Fiscalía Segunda de Circuito, que afirmó que existe un doble enjuiciamiento ya que por la vía administrativa también se adelantaban procesos en contra de los responsables del ilícito.
El proceso comenzó cuando en julio la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia realizó diversas inspecciones a locales comerciales en el mercado local.
"Se detectaron categorías inferiores para todos los efectos", según un informe de análisis de calidad del arroz preparado por la Autoridad.
Por estas anomalías, la entidad empezó los procesos.
Luego, la Unión Nacional de Consumidores y Usuarios de la República de Panamá presentó las "sumarias en averiguación" al tribunal. El abogado Giovani Fletcher rechazó la vista fiscal señalando que "la posición de la Fiscalía es errada al afirmar que existe un doble enjuiciamiento, pues la norma constitucional se refiere a esta figura cuando los procesos se realizan en la misma jurisdicción, pero no en jurisdicciones distintas".
La Asociación Nacional de Molineros (Analmo) ha explicado que el caso no debía resolverse en la instancia penal porque las fallas no eran intencionales.
"Los propios dirigentes de los consumidores saben que, por problemas técnicos y de genética, no podemos cumplir con las características de color, largo y ancho del grano que estipulan los reglamentos", ha explicado varias veces Alberto Martinelli, presidente de la Analmo.
Este gremio solicitó a las autoridades hacer una revisión de los reglamentos técnicos del arroz.
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