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Reportaje especial
Panamá, martes 1 de mayo de 2007
 

TELEFÉRICO DE AMADOR.

Óscar Ceville a favor de suspender contrato

LA PRENSA/Archivo
Óscar Ceville843255
José Arcia
jarcia@prensa.com

Los ambientalistas panameños celebran dos decisiones a favor de la naturaleza.

La última llegó el pasado 23 de abril del procurador de la Administración, Óscar Ceville, quien opinó a favor de la suspensión del contrato entre la desaparecida Autoridad Interoceánica de la Región (ARI) y la empresa Inversiones Guararé para la construcción de un teleférico en el cerro Ancón.

La opinión del Procurador surge como parte del proceso de una demanda de ilegalidad en contra del contrato que presentó en abril del año pasado el abogado José Santos ante la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia .

El 19 de marzo de 2004, la ARI e Inversiones Guararé suscribieron el contrato número 112-04 para la construcción del teleférico.

Santos sustentó su demanda en que la ARI no está facultada para realizar contrato de proyectos en áreas protegidas y el cerro Ancón fue declarado área protegida mediante Acuerdo Municipal No. 157 del 31 de julio de 2001.

Santos, además, solicitó a la Corte la suspensión provisional del contrato hasta tanto los magistrados de la Sala Tercera decidan el fondo de la demanda. Los argumentos de Santos, que fueron acogidos por los magistrados y ahora secundados por el Procurador de la Administración, se basan en la existencia de un inminente peligro que puede generar perjuicios irreversibles e irreparables al cerro Ancón.

Por otro lado, la Sala Tercera de la Corte ratificó su decisión de mantener suspendidos los efectos del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) que aprobó la Autoridad Nacional del Ambiente para la construcción del proyecto Urbanización Senderos Camino de Cruces, a cargo de la empresa P&P.

La medida de la Sala Tercera se debe a que el procurador de la Administración, Óscar Ceville, estimó que no debía accederse a la solicitud de suspensión provisional de los efectos del EIA porque el promotor no había sido notificado de su aprobación.

Sin embargo, los magistrados consideraron que la empresa había sido notificada toda vez que en la parte final de la resolución consta el nombre, la firma y la fecha en que Fernando Pasco, representante legal de la Inmobiliaria P&P recibió la documentación citada. Este EIA también fue demandado por ilegal por Santos al considerar que no se valoró adecuadamente el criterio de protección ambiental.

Raisa Banfield, de Alianza Pro Ciudad, consideró que estas decisiones le hacen justicia al interés colectivo.



 
 
 
 
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