| ELECCIONES 2009. POR PRIMERA VEZ, NACIONALES QUE RESIDEN FUERA DE LAS FRONTERAS ELEGIRÁN PRESIDENTE.
En pos del voto en el extranjero
El Tribunal Electoral creará el primer censo oficial de electores residentes en el exterior.
Los panameños que quieran votar en los próximos comicios deben tener cédula de identidad.
| LA PRENSA/Archivo |
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| TRÁMITE. Aquellos interesados en votar pueden solicitar su registro provisional y luego hacer llegar la solicitud impresa con su firma por correspondencia al TE. 831725 |
Rafael Pérez G.
rperez@prensa.com
No es un programa de "caza talentos" en el exterior. Se trata de una nueva disposición electoral que otorga el derecho al voto a aquellos ciudadanos panameños que residen fuera de las fronteras nacionales.
Este derecho, que se ejercerá en los comicios generales de 2009, solo será aplicable para la elección de los cargos a Presidente y vicepresidente de la República.
Tras las reformas al Código Electoral de diciembre del año pasado, el Tribunal Electoral (TE) hizo público la reglamentación del artículo que le brinda el piso legal al voto del panameño mayor de 18 años que resida en el extranjero.
Con esta innovación aplicada después de 16 años de gobiernos electos en las urnas, Panamá busca seguir los pasos de países con mayor tradición democrática en Europa, como Italia y España, y más cercanos como México, Venezuela y Colombia.
¿QUIÉNES PUEDEN VOTAR?
Para poder emitir su voto desde el extranjero, los panameños tendrán que tener su cédula de identidad personal, aparecer inscritos en el Registro de Electores de Residentes en el Extranjero que levantará el TE, y comprobar que no han adquirido otra nacionalidad a la que no tuviesen derecho por razón de su nacimiento.
Antes de que se llegue a esa etapa, el TE tendrá que crear lo que se ha denominado Registro de Electores Residentes en el Extranjero (Rere), que tendrá categoría de permanente, al igual que el registro electoral de panameños que votan dentro de las fronteras.
Esta engorrosa tarea estará bajo la responsabilidad del personal del Departamento de Registro y Censo, adscrito a la Dirección Nacional de Organización Electoral.
El registro, cuya información será suministrada por el ciudadano panameño residente en el extranjero bajo la gravedad del juramento, contendrá entre otros, el nombre completo del votante, su número de cédula, el último domicilio declarado en Panamá, así como su actual residencia fuera del país y la dirección en el exterior en la que recibe correspondencia personal.
También deberá proporcionar una declaración en la que asegura no haber adquirido o estar en trámite de obtención de otra nacionalidad, salvo la que tenga por razón de su nacimiento.
¿CÓMO PIDO LA INSCRIPCIÓN?
Aquellos interesados en ser incluidos en el Rere pueden solicitar su registro provisional y luego hacer llegar por correspondencia al TE la solicitud impresa que debe contener la firma autenticada.
La otra opción es formalizar la petición personalmente en las oficinas del TE.
El último día para realizar esta solicitud será el 30 de abril del año inmediatamente anterior al de las elecciones generales. Es decir, para la próxima elección el plazo es el 30 de abril de 2008.
PROCESO ELECTORAL
El Tribunal Electoral creará corporaciones encargadas de recibir y escrutar los votos. Sus miembros serán nombrados a más tardar el 16 de febrero del año de las elecciones y su instalación formal se llevará a cabo 60 días antes del día de los comicios.
Ese personal enviará la boleta de votación a la dirección declarada por el inscrito en el padrón, quien, luego de marcar el candidato de su predilección, remitirá la boleta en un sobre sellado, cuyo plazo de entrega será el día inmediatamente anterior a la elección.
En Panamá, su proceso de escrutinio será igual al conteo de los votos emitidos en el territorio nacional. [Para más información visite www.tribunal-electoral.gob.pa].
Pasos para poder votar
.30 DE ABRIL DE 2008: Ultimo día para que las personas mayores de edad formalicen su inclusión en el padrón electoral.
.30 DE MAYO DE 2008: Se colocará en internet el padrón electoral preliminar de los panameños residentes en el extranjero.
.16 DE FEBRERO DE 2009: Nombran a los funcionarios del Tribunal Electoral encargados de recibir y escrutar los votos para Presidente y vicepresidente.
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