| MEDICAMENTOS ENVENENADOS. ABOGADOS CUESTIONAN DETENCIÓN DE PABLO SOLÍS.
Acusan a fiscal de abuso de autoridad
Los defensores de Solís sostienen que en el delito de negligencia no cabe la detención preventiva.
Cristóbal Arboleda aclaró que solo la Procuradora podía investigar a su cliente, quien tiene mando nacional.
0José Otero
jotero@prensa.com
El equipo de abogados defensores del ex director de la Dirección Nacional de Farmacias y Drogas del Ministerio de Salud, Pablo Solís, acusó al fiscal cuarto superior, Dimas Guevara, de ordenar la detención y separación de su cliente sin tener las facultades legales para esa decisión .
Cristóbal Arboleda y Víctor Almengor, apoderados legales de Solís, explicaron ayer que su cliente debió ser investigado por la procuradora de la Nación, Ana Matilde Gómez, por ser un funcionario con mando y jurisdicción nacional.
Además, recalcaron que la ley precisa que la facultad que se le otorga a la jefa del Ministerio Público no puede ser delegada en ningún otro funcionario subalterno, como se hizo al designar al fiscal Guevara para instruir las sumarias contra Solís.
Otra de las normas que, según los abogados, fue violada por el Ministerio Público es el Código Judicial, específicamente el Artículo 294, el cual plantea que la facultad exclusiva de separar y detener a un funcionario con jurisdicción nacional es de la Sala Segunda de la Corte, pero en este caso laseparación y detención de Pablo Solís fue ordenada por el fiscal Guevara.
Arboleda señaló que estas violaciones fueron consignadas en el recurso de hábeas corpus que presentaron la semana pasada contra la orden de detención dictada a Solís, cuya ponencia quedó radicada en el despacho de la magistrada presidenta de la Corte Suprema de Justicia, Graciela Dixon.
A juicio de Arboleda y Almengor, el arresto aplicado a su defendido por el Ministerio Público tiene "motivaciones extra-procesales, que nada tienen que ver con las leyes y la justicia".
"El encarcelamiento de Pablo Solís fue para contradecir a la Corte, que días antes había ordenado la libertad de Linda Thomas, otras de las implicadas en el caso", dijo Arboleda.
Por último, los abogados explicaron que Solís fue acusado de negligencia, delito que está tipificado como una conducta de tipo culposa y tiene una pena de seis a 12 meses de cárcel, según el Código Penal.
Por esta razón, precisaron, no cabe la detención preventiva, que solo se aplica cuando los delitos tienen pena mínima de dos años de prisión.
Ayer no hubo reacción del Ministerio Público sobre estos señalamientos.
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