| IMPUESTOS.
El 2 de enero se puede pagar sin recargos
Edith Castillo Duarte
ecastillo@prensa.com
La Dirección General de Ingresos (DGI) del Ministerio de Economía y Finanzas habilitó el martes 2 de enero para el pago de los impuestos sin recargos e intereses. Ello obedece a que el domingo 31 de diciembre es un día no laborable y el lunes 1 de enero es feriado.
Según el calendario tributario, el 31 de diciembre vence el pago de la tercera partida del impuesto sobre la renta para personas natural y jurídica; la tercera partida del impuesto complementario y la tercera partida del seguro educativo. Además vence el pago del impuesto de inmuebles.
Las oficinas de la DGI en todo el país laborarán en horario especial de 7:30 a.m. a 5:00 p.m.
Para el pago de esta partida no aplican los gastos de representación, porque todavía está pendiente de resolución por parte de la Corte Suprema de Justicia. El especialista Luis Laguerre, de la firma KPMG, comentó que para marzo debería haber un pronunciamiento al respecto.
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