| UN PUNTO DE VISTA.
La intoxicación medicamentosa
Mauro J. Zúñiga A.
Cada vez que ocurre una tragedia, me pregunto: ¿pudo ser evitada? Lo que sucede con la ingesta de un tóxico, el dietilenglicol, en los solventes orgánicos de algunos medicamentos producidos por la Caja de Seguro Social, me obliga a imprimir mi punto de vista.Existe la Ley 1 de 10 de enero de 2001 sobre medicamentos y otros productos para la salud humana. Esta ley establece que el Ministerio de Salud (Minsa) tiene la obligación y responsabilidad de garantizar el control previo, el control posterior y la realización de la farmacovigilancia, con el objeto de fiscalizar la calidad, seguridad y eficiencia de los productos medicamentosos (art. 6).
Todo medicamento o materia prima necesita un registro sanitario (art. 20).
Existen 16 pasos para obtener el registro sanitario (art. 25); entre los cuales está: control previo, fórmula cualicuantitativa; patrones analíticos, estudios de estabilidad, etc.
Las personas naturales o jurídicas que se dedican a la fabricación, importación, distribución y almacenamiento de medicamentos y productos farmacéuticos deben disponer de locales, equipo técnico y de control adecuados… Debe ceñirse a las buenas prácticas de manufactura… El Minsa, a través de la Dirección Nacional de Farmacias y Drogas, verificará periódicamente el cumplimiento de lo establecido.
Las acciones de control previo, control posterior y farmacovigilancia, son una obligación ineludible del Ministerio de Salud (art. 52) El art. 53, en virtud del cual se crea el Sistema Nacional de Farmacovigilancia, involucra a la Caja de Seguro Social (CSS) al Minsa, a la Universidad de Panamá y a la empresa privada. En esa dirección, la Universidad de Panamá y la CSS firmaron un convenio marco de cooperación técnica el 28 de enero de 2004 y posteriormente, el 3 de junio del mismo año, se firmó un convenio de cooperación entre la CSS y el Instituto Especializado de Análisis de la Universidad de Panamá y el Sitio de Pruebas del Instituto Especializado de Análisis en Corozal y Gamboa.
Tuve la oportunidad, por invitación del Dr. Gustavo García de Paredes, rector de la Universidad de Panamá, de visitar el Instituto de Análisis de Corozal y de recibir, del recordado licenciado Juan Hernández, una detallada explicación de los estudios practicados allí, el que, junto al de Gamboa, son los laboratorios de referencia de la Organización Mundial de a Salud. Este convenio persigue "mejorar la calidad de los medicamentos e insumos médicos a favor de todos los derechohabientesy la población general del país".
En su articulado se establece el control previo de calidad de los medicamentos e insumos que adquiere la CSS, antes, durante y después de haber realizado la compra de estos insumos, para detectar cambios en la calidad inicial; controlar y determinar las verdaderas fechas de expiración de los productos cuando se encuentran en los depósitos, etc. Paralelo a ello, y a través de un equipo legal y técnico, elaboramos junto a la Dirección Nacional de Compras y Abastos de la CSS un reglamento para desarrollar la Ley 1.
En la extensa reglamentación para la adquisición de medicamentos quiero resaltar lo referente a que las "muestras exigidas" serán "evaluadas desde todo punto de vista". Cuando la reglamentación fue presentada al Consejo Técnico de Salud fue abortada por la Dirección de Asesoría Legal de la CSS de ese entonces.
Considero poco serias las declaraciones de algunos voceros oficiales en el sentido de que Panamá no dispone del equipo para detectar el dietilenglicol. Si una muestra es enviada al Instituto de Análisis y no corresponde a lo que dice la etiqueta, el producto debe ser rechazado y enviado de vuelta al proveedor; porque resulta absurdo que el Instituto se tome el trabajo de determinar cuál es el producto encontrado que no aparece en la etiqueta. El trabajo del Instituto es decir si existe o no correspondencia entre lo que dice la etiqueta y lo que contiene en el envase.
Hay en el ambiente dudas no resueltas. ¿Se le efectuó a la materia prima utilizada para la producción de los medicamentos intoxicados, un análisis antes de su uso (control previo)?
¿Ha estado vigilando el Minsa al laboratorio de producción de medicamentos de la CSS? ¿Por qué la CSS no ha cumplido con el convenio firmado con la Universidad de Panamá? ¿Fue el mismo refrendado por la Contraloría? ¿Por qué se ha impedido que se reglamentara la adquisición de medicamentos de la CSS.
Hay decenas de muertos. Pacientes que acudieron a la CSS en busca de un remedio y lo que recibieron fue un veneno. Las pérdidas son irreparables y el dolor de la sociedad, también.Hay un homicidio. ¿Es doloso o culposo? ¿Impericia, negligencia o ignorancia? No quisiera que "investigaremos hasta las últimas consecuencias" permanezca como una frase podrida, pero como va la investigación, sin detención ni separación de los altos funcionarios del Minsa , ni medidas cautelares en su contra, me parece que Pompeya sigue llena de rosas.
El autor es médico
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