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Reportaje especial
Panamá, jueves 28 de septiembre de 2006
 

LAUDO ARBITRAL MILLONARIO.

CSJ anula fallo contra el Estado

El dictamen fue avalado por los magistrados Troyano y Troitiño, mientras que Spadafora salvó su voto.

LA PRENSA
DECISIÓN. La magistrada Esmeralda de Troitiño reemplazó a su colega Graciela Dixon y avaló la decisión de José Troyano. 742449
José Otero
jotero@prensa.com

La Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró nulo el laudo arbitral de 27 de enero de 2005, que obligaba al Estado a pagar 32.5 millones de dólares a un consorcio francés, en concepto de daños y perjuicios por el litigio sobre la construcción de la terminal de buses de Colón.

El proceso, que tenía 18 meses dilucidándose en la Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte, tuvo el aval de los magistrados José Troyano, en calidad de ponente, y de Esmeralda de Troitiño, pero contó con el salvamento de voto de Winston Spadafora.

La Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) otorgó en junio de 2002, al consorcio De Lesseps, autorización para iniciar la obra, pero el 20 de diciembre de ese mismo año dejó sin efecto estos derechos. Los afectados presentaron una demanda contencioso administrativa el 9 de abril de 2003. En enero de 2005 fueron favorecidos con el laudo arbitral. Esta decisión fue demandada por la Procuraduría de la Administración y por la firma forense Patton, Moreno & Asvat, apoderados de la ATTT en representación del Estado, en marzo de 2005, pidiendo la nulidad del fallo del tribunal arbitral.

Según la decisión de la Sala Cuarta de la CSJ, el laudo arbitral que favoreció al consorcio francés no era de carácter internacional sino interno,por lo que no se puede señalar que se violaron los convenios internacionales sobre protección de intereses extranjeros.

De igual forma señala el dictamen que el Centro de Solución de Conflicto de la Cámara Panameña de la Construcción que dictó el laudo arbitral, cometió un error al no notificar al Estado sobre este litigio.

Spadafora advierte que inicialmente la Sala Cuarta reconoció que el laudo arbitral era de carácter internacional y que posteriormente esta posición fue reemplazada por lo que prefirió salvar su voto.

Gabriel Martínez, abogado del consorcio francés, dijo que el dictamen de la Sala Cuarta se emitió el 20 de septiembre pasado, en momentos en que la magistrada Graciela Dixon, integrante de esta Sala, se encontraba de viaje en Brasil y en su reemplazo entró a conocer este expediente que cuenta con más de mil 500 fojas, la magistrada Esmeralda de Troitiño, quien finalmente avaló la decisión de Troyano.

Agregó Martínez que esta sentencia no solo afectará los convenios sobre protección de inversiones extranjeras que Panamá tiene firmado con más de 16 naciones, sino la credibilidad de los tribunales de arbitrajes panameños, cuyas decisiones han quedado en tela de duda. Dijo que se le ha dado poderes a abogados, para interponer ante tribunales internacionales de justicia las demandas correspondientes.


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