Derechos y deberes
REGULACIÓN. La Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre es la entidad que tiene todas las funciones relacionadas con la planificación, investigación, dirección, supervisión, fiscalización, operación y control del transporte terrestre de Panamá. Para otorgar los contratos de concesión definitiva de una ruta a la Autoridad, debe hacerse un estudio técnico estadístico de las necesidades del servicio de transporte público que debe contener lo siguiente:
1. La definición y determinación de la línea o ruta y la zona de trabajo o piquera objeto de la concesión;
2. La cantidad de unidades requeridas para la prestación del servicio, así como las especificaciones, técnicas y características, que deben reunir los vehículos utilizados para este propósito por el concesionario;
3. Los itinerarios, frecuencia de salida y facilidades de las terminales, paradas y piqueras, comprendidos en la concesión;
4. Los procedimientos y mecanismos para el aumento, disminución o modificación de la flota de vehículos destinados a la prestación del servicio en la línea, ruta o zona de trabajo adjudicada;
5. La tarifa que deberán pagar los usuarios de la ruta, como contraprestación del servicio;
6. Las medidas que deberá observar el concesionario, tanto para la seguridad de los usuarios del servicio como para la preservación del ambiente.
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