| LA NECESIDAD DE UNA LEY.
Adopción internacional y tráfico de menores
Pedro Sittón Ureta
Recientemente fui invitado por los magistrados del Tribunal Superior de la Niñez y de la Adolescencia para que dictara una conferencia sobre la adopción internacional en el marco de un seminario dirigido a miembros del Órgano Judicial, del Ministerio Público y personal de organismos no gubernamentales.
Esta invitación me permitió compartir con dicha audiencia una serie de puntos de vista en torno a esta figura jurídica, la cual es un fenómeno casi universal y que solo se desarrolló masivamente a partir de la Segunda Guerra Mundial, encontrándose regulada en nuestro ordenamiento jurídico a través de una serie de leyes que adoptan y desarrollan convenios internacionales suscritos y ratificados por Panamá.
No obstante lo anterior, le puntualizaba a los presentes que observaba que en nuestra legislación existen lagunas jurídicas y hoyos judiciales que permiten que bajo el manto de una adopción internacional puedan esconderse otras situaciones de índole criminal mediante el tráfico internacional de menores, como lo podrían ser la venta de órganos, la mano de obra barata infantil, así como la prostitución y pornografía infantil.
Explicaba a dicha audiencia que esta actividad criminal es desarrollada a través de redes de delincuentes compuestas por abogados y miembros "honorables" de ONG pero, de igual forma, la integran funcionarios administrativos y judiciales involucrados en los procesos de adopción, ya que estos últimos proporcionan la apariencia de legalidad que se requiere en los mismos.
Sin lugar a dudas, el tráfico internacional de menores es un problema real y ocurre de una manera perniciosa en nuestra sociedad globalizada, como ha sido reflejado en varios reportes de Naciones Unidas, lo cual hace necesario que los entes estatales reconozcan este problema para que el mismo pueda ser combatido de manera cierta a través de la cooperación internacional en materia criminal.
Por ello, resulta sumamente alarmante que nuestro país no cuente con una estadística fiable sobre adopciones internacionales y que solo exista un caso conocido donde supuestamente ha habido corrupción en el otorgamiento de una adopción, ya que lo anterior va en contra de las tendencias actuales que nos indican que anualmente a nivel latinoamericano se da un alto porcentaje de denuncias de corrupción en estos procesos.
Creo necesario que se realice un esfuerzo jurídico para dotar al país de una legislación más de avanzada y que se estudie la posibilidad de incorporar una autoridad central en materia de adopciones, la cual ha de ser un ente autónomo con personal calificado y con estabilidad en sus cargos, y, sobre todo, que se entienda que se hace necesario un rol más protagónico del juez en las adopciones internacionales para prevenir de manera efectiva la venta, el tráfico y el secuestro de menores.
De lo contrario, continuará la impunidad que reina en la actualidad que nos refleja la triste realidad de un sistema legal de adopciones "voluntarias" que lo que realmente esconde es una venta de niños a familias de países del primer mundo o el tráfico internacional de menores por medio de estas redes criminales de cuello blanco.
El autor es abogado
Además en opinión
• Reflexiones: Carlos Iván Zúñiga Guardia • Adopción internacional y tráfico de menores: Pedro Sittón Ureta • Al igual que el ‘Sí’ del 77: David Samudio Jr. • El gran engaño: Victor Zakay • Por qué quiero la ampliación: Antonio Miró
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