| terminal. Hay dos recursos contra el proyecto en la Corte Suprema de Justicia.
AMP simplifica requisitos en pliego para megapuerto
La fecha de entrega de información de las empresas, que era el 30 de junio, se trasladó para el 18 de julio.
Se redujo la concesión de 25 a 20 años prorrogables y se eliminó la evaluación a base de puntaje.
| LA PRENSA/Demóstenes Angel |
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| FONDO DE MAR. El área destinada a la terminal de contenedores es compartida por la Autoridad Marítima de Panamá y la Autoridad del Canal de Panamá.700844 |
Wilfredo Jordán Serrano
wjordan@prensa.com
Los consorcios, asociaciones o grupos económicos que participen en la precalificación para una nueva terminal de contenedores en el Pacífico, o megapuerto, solo deben demostrar sus estados financieros, las referencias bancarias y la experiencia en movimiento de hasta 6 millones de contenedores.
Con la adenda número 3 que se introdujo al pliego de cargos para la precalificación, se pospone del 30 de junio para el 18 de julio, la fecha de entrega de información de las empresas interesadas en el proyecto.
Se eliminan los cuadros y la forma de evaluación por puntaje de las empresas, y ahora solo se debe certificar que un operador portuario ha movido más de 6 millones de TEU o contenedor de 20 pies al año.
"Lo hemos hecho más fácil", comentó el director de Puertos de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP), Rogelio Orillac, y quien ha coordinado el proyecto desde un principio.
"No se trata de favorecer a nadie", comentó. Sin embargo, algunos analistas vinculados al sector consideran que con los cambios "cualquier individuo puede participar sin tener ninguna idea de cómo se opera un puerto".
El periodo de concesión de 25 años se redujo a 20 años prorrogables. Esto obedece, según Orillac, a que parte del área destinada al proyecto corresponde a aguas del Canal y según una legislación vigente, las concesiones en la Autoridad del Canal de Panamá no se pueden otorgar por más de 20 años.
La AMP continúa con la programación del proyecto pese a que hay dos recursos de ilegalidad presentados ante la Corte Suprema de Justicia.
La primera demanda la presentó Panama Ports Company contra la decisión de la AMP de excluir de la licitación a las empresas que operan actualmente algún puerto en el Pacífico. La segunda demanda de nulidad la hizo el abogado Rodolfo Pinzón, por considerar que el área de Palo Seco y Farfán solo se destina a desarrollo urbano y turístico.
La Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia no se ha pronunciado sobre estos recursos legales.
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