| PROCESO DE REINGENIERÍA.
Propuesta de ley de medicina legal
Ana Matilde Gómez
La medicina forense es una de las pocas especialidades médicas que no se ha desarrollado como las demás, lo que representa un factor negativo ante las exigencias y necesidades de la creciente demanda de servicios científico periciales por parte del sistema de administración de justicia.
A nuestra llegada al Ministerio Público, esta situación nos llevó a tomar importantes decisiones tendientes a la ejecución de un proceso de reingeniería dentro del Instituto de Medicina Legal (IMEL), que contribuyera a su modernización integral por medio de cambios estructurales, con propuestas y medidas concretas, respetando y haciendo cumplir las disposiciones jurídicas vigentes.
No es hasta 1942, cuando en Panamá se instituye la práctica de la medicina legal, asignándose el personal médico del cual se disponía para que fungiera como perito médico, siempre y cuando sus responsabilidades médicas así lo permitieran. Pese a que en 1951 fue creada la Facultad de Medicina de la Universidad de Panamá, la medicina forense no fue contemplada como una especialidad, situación que se ha repetido en las diferentes facultades de medicina que ahora existen en el mercado panameño.
Al crearse el Departamento de Medicatura Forense, este fue adscrito al Ministerio de Gobierno y Justicia y así se mantuvo hasta 1973, cuando se decide que pase a formar parte del Ministerio Público. Su evolución continuó y, mediante la Ley 29 de 25 de octubre de 1984, se creó el Instituto de Medicina Legal.
Durante todo ese tiempo, no muchos se han interesado en la suerte de la práctica de la medicina forense, y cuando las actuaciones de estos profesionales han generado controversias o cuestionamientos, han sido pocas las acciones orientadas a solucionar el problema. Por ejemplo, no se cuestionaron si los médicos que fungían como forenses habían realizado estudios especializados en la materia; ni la manera en la que habían ingresado al IMEL; o si eran o no idóneos para ejercer el cargo, ya que, aún en la actualidad, son pocos los profesionales de la medicina que tienen estos estudios.
Es así como llegamos al siglo XXI, con un instituto regulado por disposiciones legales obsoletas, carente de recursos y sin planes y programas de formación de médicos forenses.
No obstante, en el momento en el que se intenta realizar una verdadera transformación y modernización institucional, salen a opinar contrariamente, aquellos ex funcionarios que por años tuvieron la oportunidad de hacerlo, pero que no tuvieron el interés real de trabajar en bien de la institución. Son estos, los que ahora cuestionan de manera vehemente e intentan distorsionar el proyecto de ley Nº 127 "Por el cual se reestructura el Instituto de Medicina Legal y se dictan otras disposiciones", que presentamos ante el pleno de la Asamblea Nacional, sin ofrecer alternativas serias y cónsonas con la realidad de la práctica médico legal en Panamá.
Esta propuesta, elaborada y sustentada por todos los médicos que decidieron quedarse en el Instituto de Medicina Legal y dedicarse con exclusividad a la práctica de la medicina forense, constituye una alternativa científica y razonable ante el vacío legal que existe en Panamá sobre la materia. Consideramos que con la aprobación del marco jurídico de este proyecto de ley, se consolidará el proceso histórico de instauración y desarrollo de la medicatura forense en nuestro país, permitiendo las debidas garantías de los peritos al servicio de la administración de justicia.
Uno de los cuestionamientos hechos al proyecto se refiere a la posición del IMEL dentro del Ministerio Público, aspecto que debe ser analizado y debatido ampliamente, ya que existen elementos a favor y en contra. Algunos ex funcionarios del instituto argumentan que los médicos forenses no deben ser parte del Ministerio Público porque pueden ser objeto de presiones y perder su objetividad, lo cual siembra dudas sobre sus propias actuaciones cuando eran funcionarios del IMEL. Contrario a esta posición, siempre se ha dicho que los peritos médicos gozan de completa autonomía en cuanto a su actuar pericial.
Al respecto, existen razones jurídicas y constitucionales que tienen que ver con la organización y funciones que sustentan la permanencia del Instituto dentro del Ministerio Público. Expertos en la materia consideran que es dentro del Ministerio Público, donde las funciones del IMEL se cumplen con mayor eficacia y eficiencia dada la naturaleza misma de los casos atendidos, tal como sucede en México, Perú y Colombia, países en los que los Institutos de Medicina Legal están bajo la organización y supervisión del Ministerio Público.
Por último, estimo importante y oportuno que este polémico tema haya salido al debate público y sólo esperamos que, quienes son responsables de elaborar las leyes, analicen minuciosamente las propuestas presentadas, ya que nuestro interés es colocar al IMEL a la vanguardia de las transformaciones que se experimentan en Panamá y en el resto del mundo, y que están vinculadas al importante servicio que presta a la comunidad panameña, que cada vez más, demanda una correcta y pronta administración de justicia.
La autora es procuradora general de la Nación
Además en opinión
• ‘¡Se la van a robar!’…¿qué hacer?: I. Roberto Eisenmann, Jr. • Impotencia por la falta de justicia en Panamá: Arturo Rebollón Hernández • Propuesta de ley de medicina legal: Ana Matilde Gómez • Las conductas delictivas culposas: Agustín Sanjur Otero • ¿Debes cuidarte del que te cuida?: José Miguel Guerra
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