| EJERCICIO DE LA ABOGACÍA.
¿Examen de Certificación Profesional?
Eduardo L. Lamphrey J. III
Nuestra primera casa de estudios es la rectora de los estudios universitarios en nuestro país y es ella quien da, dirige y organiza los mismos, acorde con las necesidades nacionales y exigencias del mercado. Según nuestra Constitución, en el artículo 99, es la Universidad Oficial del Estado la que expide los títulos académicos y profesionales y garantiza su reconocimiento, y a su vez, es la encargada de fiscalizar a las universidades privadas y garantizar los títulos expedidos por éstas, de allí cabe preguntarnos: ¿si la Universidad de Panamá (UP) es la rectora académica en materia profesional, algún otro organismo puede encargarse de las funciones académicas que por naturaleza a este centro de estudios le corresponden? Definitivamente no. La formulación de un examen de suficiencia profesional por parte de una junta examinadora, el exigir al licenciado en derecho pertenecer a un colegio de abogados para poder aspirar a la idoneidad para el ejercicio de la profesión, formular un ítem, con un mínimo de 5000 preguntas y otro mínimo de 100 para el examen, entre otras irregularidades que presenta dicho proyecto, son propuestas totalmente improcedentes, discriminatorias e inconstitucionales.
Actualmente hay aproximadamente 10 mil 800 abogados idóneos ejerciendo la profesión de la abogacía y una cifra aproximada de 7 mil estudiantes de derecho en las distintas universidades del país y aproximadamente 44 ofertas universitarias que actualmente operan en Panamá; algunos ideólogos de dicho proyecto argumentan que este examen ayudará a mejorar la ética y la calidad del servicio de la abogacía, por lo cual le dan un matiz de aparente necesidad.
Como estudiante de derecho de la UP considero esta afirmación como una falacia, puesto que aquellos que ejercen la profesión en un mínimo porcentaje son los que desdicen de la dignidad del abogado a través de actos de corrupción.
No podemos permitir que se les aplique un examen de este tipo a personas que ni siquiera ejercen la profesión aún; si se diera el caso se debería examinar con mayor rigurosidad a los abogados en ejercicio, a los integrantes de la Corte Suprema de Justicia, cuya reputación se ha tornado bastante dudosa y a aquellas universidades que no cumplen con los estándares exigidos para la enseñanza de la profesión.
Como estudiantes de derecho y ciencias políticas de la UP, expresamos nuestro rechazo a dicho proyecto, puesto que va en detrimento de los intereses de aquellos que nos preparamos para el ejercicio de la abogacía.
La UP ofrece un alto nivel académico y con su trabajo garantiza que las personas que allí nos formamos estamos preparados para el ejercicio de la profesión. Los profesionales idóneos son los que con sus fallos, actuaciones y, muchas veces, manejos extraños, han puesto en duda y en peligro moral la profesión; sin embargo, en el proyecto de ley ni siquiera se les menciona, por lo cual los estudiantes de derecho de la UP seguiremos en pie de lucha, debatiendo y defendiendo nuestra academia.
No podemos demeritar a los que de iure y de facto cumplen una función social importantísima, fruto de su capacidad, honestidad, empeño, responsabilidad y compromiso para con su conciencia, la sociedad y su labor, cual es la de hacer primar la justicia y colaborar estrechamente para lograr un estado de derecho que garantice libertad e igualdad para todos los asociados, pues los jóvenes somos el presente de este país y no podemos seguir a merced de políticas discriminatorias, elitistas e inmorales.
El autor es escritor y estudiante de derecho
Además en opinión
• Panamá ¿en el primer mundo?: Xavier Sáez-Llorens • ¿Examen de Certificación Profesional?: Eduardo L. Lamphrey J. III • Cabildeo en Washington: Betty Brannan Jaén • Pedagogía de la ampliación: Olmedo Carrasquilla II • Ser resistente por excelencia: Agustín Luna
|