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Reportaje especial
Panamá, sábado 11 de marzo de 2006
 

edificios.Los pagos son obligatorios.

El flujo perpetuo de pagos y mantenimiento

Las tarifas que pagan los inquilinos son parte de la escritura del PH, pero pueden darse cambios en asamblea.

LA PRENSA/ Jihan Rodríguez
Un apartamento y nuevos compromisos.644814
Raúl A. Bernal
rbernal@prensa.com

Dinorah Gutiérrez adquirió hace tres años un apartamento en un condominio de Carrasquilla y una de las cosas que no terminan de gustarle son los 50 dólares que tiene que pagar mensualmente por cuota de mantenimiento.

Mientras ella paga 50 dólares, otros– por tener menos recámaras– pagan 41 dólares, cuando aquellos con más espacio físico cubren cuotas de 65 y 71 dólares.

Esta disparidad en el pago ha traído inconformidad entre los dueños de propiedades horizontales, que alegan que se está pagando por el mantenimiento de áreas comunes y no por el interior del mismo apartamento.

Cuando se eleva un edificio al régimen de Propiedad Horizontal (PH), dentro de la escritura madre se estipula el pago de una cuota de mantenimiento que es proporcional al costo total del proyecto y ese porcentaje de participación lo asumen todos los propietarios del inmueble, dijo Rodolfo Camarena, director administrativo de Inversiones Natasha.

En los casos en que se paga más por la cuota, el inquilino tiene más estacionamiento, y/o más metraje interno en el apartamento, por lo que tiene una mayor participación en el porcentaje del costo de la totalidad del edificio.

"Hay que tener algo muy claro: no se paga por barrerme el pasillo o porque el ascensor llegue a mi piso", destacó Camarena. "Se paga por un presupuesto total que incluye conserje, en muchos casos el consumo de gas, la antena parabólica (para el uso de televisión por cable), la planta eléctrica ... es una totalidad de servicio y uno paga proporcionalmente a ese presupuesto total".

Sin embargo, es posible unificar el pago de la cuota de mantenimiento de todos los inquilinos, dependiendo de la decisión de los promotores al momento de inscribir el proyecto.

Además, la ley sobre PH establece que si la asamblea general de propietarios del inmueble se reúne y el 75% vota a favor de que se cambie el pago de la cuota de mantenimiento, se levanta un acta y el cambio es totalmente legal.


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