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Reportaje especial
Panamá, sábado 28 de enero de 2006
 

Fideicomisos.

Análisis
En un mes vence plazo para liberarse del ISR

Marianela Palacios Ramsbott
marianelap@prensa.com

Todas las empresas del sector construcción que desean disfrutar de la exoneración del impuesto sobre la renta (ISR) que el Gobierno ha reconocido a los fondos de inversión extranjera que financian proyectos inmobiliarios y a la reinversión de utilidades provenientes de la venta de viviendas de interés social, tienen un mes para solicitar a la Dirección General de Ingresos (DGI) que desean acogerse a ese beneficio fiscal.

Los contribuyentes que deseen usar este incentivo "deben presentar, a más tardar el 28 de febrero de 2006, una solicitud a la DGI que compruebe que el aporte del patrimonio fiduciario fue hecho antes de la entrada en vigencia de la Ley 6 de 2005", establece el Artículo 11 del reglamento fiscal aprobado el pasado 14 de diciembre y publicado en la Gaceta Oficial 25,444.

Esta solicitud debe ir acompañada por una declaración jurada suscrita por los representantes legales del fideicomitente, del fiduciario y de los beneficiarios, mediante la cual afirmen "bajo la gravedad de juramento" que los bienes inmuebles del proyecto inmobiliario "fueron inscritos en el Registro Público a favor del fideicomiso antes de la entrada en vigencia de este decreto" y que "los dineros destinados a la adquisición de los bienes inmuebles sobre los cuales se desarrollará el proyecto fueron aportados al fideicomiso antes del 3 de febrero de 2005".

‘Club de exonerados’

Esta regla no ha sido bien recibida por los empresarios del sector construcción, que se sienten excluidos de este "club de exonerados".

"El efecto de ese reglamento es que los que estaban exonerados seguirán exonerados hasta el año fiscal 2008, y que nosotros tendremos que competir con ellos en muy desigual condición por tres años, porque ya estamos tributando conforme al cálculo alternativo del impuesto sobre la renta (CAIR)", reclamó uno de los afectados.

Cualquier promotor nuevo y que no se haya acogido a esas exoneraciones antes de la ley, tendrá que pagar CAIR o 30% de ISR a partir de ahora, inclusive los nuevos promotores de viviendas de interés social.

"En resumen, el que no pagaba no pagará, el que sí pagaba seguirá pagando, y los nuevos participantes –aunque sean extranjeros o pretendan pagar nuevas barriadas de interés social– tendrán que pagar y contemplar dicho costo en sus precios de venta, que evidentemente tendrán que ser más caros que las de los exonerados", acotó el empresario.

Los requisitos que la administración tributaria exige a los que desean acogerse a la exoneración por reinversión de utilidades también quedaron definidos en la Gaceta Oficial 25,444.

Al solicitar la exoneración, estas empresas deben presentar a la DGI su declaración jurada del período fiscal 2004, y obtener los permisos de ocupación a más tardar el 31 de diciembre de 2008.


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