| REFORMAS ELECTORALES.
Presidenciables deberán declarar 40% de donaciones
Los candidatos y sus campañas tendrán que tener libros de contabilidad y registros de auditoría.
| LA PRENSA / Víctor Arosemena |
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| SESIÓN. Participan los representantes de los partidos políticos, la Fiscalía Electoral, la sociedad civil y el TE.619662 |
Julio Alfaro
jalfaro@prensa.com
La comisión de reformas electorales acordó anoche que el 40% de la totalidad de las donaciones que reciban los candidatos presidenciales y los partidos políticos tendrá que ser declarado públicamente.
El magistrado Denis Allen Frías explicó que este tope se fija basado en que una nómina presidencial recibe una cantidad de dinero que proviene del fondo electoral, y otra de donaciones particulares.
Además, se obliga a tener libros de contabilidad y registros de auditoría, para que el Tribunal Electoral pueda considerar los gastos reales que efectúa un partido o una nómina presidencial en un torneo.
De igual forma, los candidatos a diputados, alcaldes, representantes de corregimiento y concejales tendrían un tope preliminar estimado de 10 mil dólares. "La idea es que para cada candidato a puesto de elección popular exista un tope del cual se pueda efectuar la medición de gastos y conocer la realidad financiera de una campaña", dijo Allen.
Lo adoptado anoche señala que estos topes de campaña se aplicarán en el período comprendido entre la fecha en que se realizó la postulación del candidato principal, ya sea por un partido político o por libre postulación, y la fecha en que cierra formalmente el proceso electoral. La violación a los topes de donación y gastos de campaña constituirán una falta electoral, que será sancionada con multa equivalente al doble del monto excedido, teniendo los candidatos principales y suplentes que responder a este cargo de manera proporcional.
El próximo jueves la comisión analizará el ámbito penal que se tendrá para quien incurra en la violación de los topes, y lo relacionado a la adjudicación de curules legislativas en circuitos plurinominales.
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