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Reportaje especial
Panamá, miércoles 4 de enero de 2006
 

presupuesto.

Fijan tasa de control a empresas eléctricas

La tasa de control proviene del presupuesto de ingreso de las empresas que prestan un servicio público.

Wilfredo Jordán Serrano
wjordan@prensa.

Para 2006, el Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSP) fijo en 0.67% la tasa de control, vigilancia y fiscalización que deberán pagar los prestadores del servicio público de electricidad.

Esta tasa se aplica al monto total de los ingresos brutos que hayan obtenido los prestadores del servicio eléctrico en el periodo correspondiente a 2005, sin incluir las compras de energía que hayan hecho.

Por ejemplo, si los ingresos de una empresa generadora después de la compra de energía alcanzan 97 millones de dólares, el aporte anual que debe hacer como tasa de control sería de unos 650 mil dólares.

El presupuesto general del ERSP para 2006 es de 10 millones 34 mil dólares, de los cuales 7.7 millones son para funcionamiento y 2.2 para inversiones.

El artículo 5 de la Ley 26 de 29 de enero de 1996 autoriza al ERSP a fijar anualmente la tasa de regulación, la cual no podrá ser transferida a los usuarios a través de la tarifa que se cobre por la prestación del servicio público de electricidad.

Igualmente, el artículo 21 de la Ley 6 de 3 de febrero de 1997, la cual dicta el marco regulatorio e institucional para la prestación del servicio público de electricidad, establece que el ERSP impondrá la tasa de control que no excederá el 1% de la facturación total.


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