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Reportaje especial
Panamá, martes 29 de noviembre de 2005
 

Doxa.

Un derecho ejercido con responsabilidad

Catia Rojas

En un artículo de opinión publicado el viernes 25 de noviembre en La Prensa, su autor el abogado Juan Carlos Pastor dice que el ex presidente de la República Ernesto Pérez Balladares tiene "peso y coraje para intervenir y convencer el criterio de ilustradas y colegiadas autoridades" en alusión al fallo emitido por los tribunales de justicia en el caso PECC.

En un sistema democrático, las libertades fundamentales están consagradas y se han de respetar. Así como Pastor hace uso de su derecho a opinar y el medio se reserva la publicación o no de esa doxa, el equipo legal del ex presidente Pérez Balladares tiene derecho a diseñar una defensa frente a una acusación hecha pública en la que se le pretendió vincular como socio de PECC.

Dicha estrategia legal está fundada en las leyes que rigen nuestro sistema judicial, el que pasa por examinar no solo el fondo sino la forma de estas cuestiones y no se sustentan en la intervención y convencimiento del ex presidente Pérez Balladares al, como se me podría ocurrir pensar; acusa aviesamente el autor.

Con antelación se remitió un comunicado de prensa en el que se explicó que en la publicación a la que hace referencia Pastor, por ejemplo, se imprimió una copia de un cheque de Banco Disa. En el citado comunicado se aclaró que, la copia del cheque no tenía vínculos con la investigación del caso PECC y que ese documento fue obtenido ilegítimamente por el ex contralor Alvin Weeden de acuerdo con un fallo de la Corte y entregado por éste al periodista que suscribió dicho reportaje, tal vez con la intención de distorsionar la realidad.

La investigación impulsada por el ex funcionario, pasó por socavar la inmunidad con la que estaba investido el ex presidente Pérez Balladares en su calidad de diputado del Parlacen y en esto se basa el fallo emitido por los tribunales. Asimismo, se informó que el ex presidente no tuvo participación en la concesión administrativa de PECC y mucho menos recibió beneficio de la misma como, reitero, pretende fallidamente demostrarlo la publicación del diario La Prensa.

La opinión es ciertamente un derecho y es a través de ella que expresamos nuestro consenso o disenso en torno a asuntos públicos, y se aporta un flujo de información necesario.

Sin embargo, la opinión no está fundada en una certeza o realidad sino en el modo particular que tiene una persona de percibir las cosas, por lo que ese derecho conlleva responsabilidades.

Es imperativo que la doxa esté fundada en aseveraciones comprobables y no en la difamación ni la calumnia. Siendo Pastor experimentado facultativo del derecho, es de extrañar que no tenga en cuenta estos preceptos tan elementales.

La democracia es tolerancia, pero la tolerancia no significa permitir la difusión de falsedades y/o calumnias.

La autora es periodista y relacionista pública de Ernesto Pérez Balladares

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