Advertencias para las instituciones bancarias
Mediante circular 29, del 1 de agosto de 2002, sobre políticas agresivas de mercadeo, la Superintendente de Bancos, Delia Cárdenas, advirtió a las instituciones bancarias que "deben abstenerse de utilizar cualquier política de promoción o sistema de mercadeo que tienda a confundir la autonomía de la voluntad -entiéndase como tal, la determinación, el querer, libertad de contratar u obligarse-, con la declaración de la voluntad, o sea el consentimiento" del cliente o usuario.
Por ello, precisó que en aras de que las actividades bancarias se cumplan tal y como lo establece el Decreto Ley 9 del 26 de febrero de 1998, solicita que, al momento de ofrecer, promocionar o colocar cualquier servicio, programa, producto, promoción, valor agregado, etc, en el mercado, se sirvan tomar las medidas necesarias para suprimir el uso de políticas de promoción o sistemas de mercadeo agresivos que conlleven la imposición de la aceptación, a través del silencio guardado por el supuesto o futuro cliente, o el usuario.
(Vea El oscuro cobro de un seguro bancario)
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