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Panamá, sábado 17 de septiembre de 2005
 

SE DESPEJAN ALGUNAS DUDAS.

Análisis

Primas de reaseguros seguirán exentas del ISR

Marianela Palacios Ramsbott
marianelap@prensa.com

El reglamento del Impuesto Sobre la Renta (ISR), que será promulgado la próxima semana, despejó algunas dudas importantes que la Ley de Equidad Fiscal (Ley 6) había dejado.

Por ejemplo, el reglamento aclara que las primas de reaseguros, cedidas a empresas reaseguradoras ubicadas fuera de Panamá, seguirán exentas del pago de ISR.

"Las rentas vitalicias y pensiones de jubilaciones de extranjeros tampoco serán objeto de este impuesto", destacó Javier Said Acuña, del bufete de abogados Rivera, Bolívar & Castañedas.

Por otra parte, el Cálculo Alternativo del Impuesto sobre la Renta (CAIR) no será aplicable a estas actividades de la Zona Libre de Colón: manejo de transporte, almacenaje, reempaque y servicios de facturación y cobros "realizados por agentes de movimiento de mercancía", entre otras.

El Ejecutivo también flexibilizó su posición en cuanto a los periodos fiscales especiales.

En 2006, "se permitirá al contribuyente -por esta sola vez- hacer la declaración conforme a la normativa que venía usando y no se aplicará el CAIR.

Y en la próxima vez le tocará hacer los ajustes correspondientes", explicó Said Acuña.

En cuanto al reglamento del Impuesto a la Transferencia de Bienes, Muebles y Servicios (ITBMS), que fue publicado en Gaceta Oficial el pasado 29 de agosto, las exoneraciones quedaron definidas en el artículo 2 y se presentan en la tabla adjunta.


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