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Panamá, viernes 15 de julio de 2005
 

ENMIENDA.

DeConccini al desnudo

Mónica Isabel Pérez Campos
mipc@hotmail.com

En la pasada Feria del Libro se presentó la traducción al español del libro "La Odisea de Panamá" del ex embajador William Jorden. El acto estuvo prestigiado con la presencia de los presidentes de Chile y Panamá, el primer vicepresidente, quien hizo un excelente introito de la obra, y otros altos personeros del Gobierno Nacional.

Si bien todo el texto es valioso, en este exiguo espacio me referiré a la reserva del joven senador del estado de Arizona Dennis DeConcini, toda vez que ha hecho que, entre entendidos y neófitos, se derramen ríos de tinta, porque según algunos -muy pocos- consigna el supuesto derecho de EUA a intervenir en los asuntos internos de Panamá. Una digresión pequeña, pero oportuna, sería aclarar que la norma que existe en Derecho Internacional Público es el principio de no intervención, que además es una norma cogente.

La enmienda de DeConcini o Condición (1) establecida dentro de los Instrumentos de Ratificación del Tratado de Neutralidad, a la letra reza así: "No obstante las estipulaciones del artículo V o cualquier otra estipulación del Tratado, si el Canal fuere cerrado o se interfiriera con su funcionamiento, la República de Panamá y los Estados Unidos de América, cada uno tendrá, independientemente, el derecho de tomar las medidas que cada uno considere necesarias, de conformidad con sus procedimientos constitucionales, incluyendo el uso de la fuerza militar en la República de Panamá, para reabrir el Canal o reanudar las operaciones del Canal, según fuere el caso".

Lo anterior es el texto tal cual quedó, pero muy poca gente conoce los entresijos históricos que hubo detrás de la redacción anterior. ¿Por qué entra a la consideración del Senado la Enmienda de DeConcini? Dos motivos fueron fundamentales: se consideró que el voto del senador DeConcini era necesario para la aprobación de los tratados, quien además tenía dos votos más y porque el presidente Carter fue mal asesorado, en su momento, por el subsecretario Warren Christopher sobre las repercusiones en Panamá con relación a la enmienda.

Por más que se hicieron ingentes gestiones, dentro del debate del Tratado de Neutralidad -que fue el primero de los dos tratados que se debatió y votó- no se pudo agregar nada para neutralizar o anular la Enmienda de DeConcini, dentro de dicho tratado, y así se votó el día 16 de marzo de 1978, alcanzando el Tratado de Neutralidad los dos tercios necesarios. La votación tuvo un resultado de 68 votos a favor y 32 en contra de la ratificación del Tratado de Neutralidad.

Reunidos los senadores Church, Byrd, Sarbanes y el embajador Gabriel Lewis Galindo escribieron la última versión de la Enmienda Byrd o Reserva (1), que mediatizaba la Enmienda DeConcini, incluida dentro de los instrumentos de ratificación de ambos Estados del Tratado del Canal de Panamá, que quedó así: "De Conformidad con su adhesión al Principio de No Intervención, toda acción emprendida por los Estados Unidos de América en ejercicio de sus derechos para asegurar que el Canal de Panamá permanezca abierto, neutral, seguro y accesible de acuerdo con las estipulaciones del Tratado del Canal de Panamá, el Tratado Concerniente a la Neutralidad Permanente del Canal y al Funcionamiento del Canal de Panamá y las resoluciones de ratificación referentes a los mismos, tendrá como único propósito el garantizar que el Canal permanezca abierto, neutral, seguro y accesible y no tendrá como propósito ni será interpretada como un derecho de intervenir en los asuntos internos de la República de Panamá o interferir en su independencia política o en la integridad de su soberanía". Mediante las geniales maniobras políticas del senador Byrd se logró que DeConcini votara a favor de la enmienda Byrd, es decir, que apoyó la enmienda que mediatizaba la suya, y además, DeConcini fue copatrocinador de la misma, lo que significa que prohijó junto a otros senadores la enmienda que contrariaba la suya. Se votó la enmienda Byrd, es decir, la enmienda opuesta a la enmienda de DeConcini y se aprobó por 73 votos a favor y 27 en contra. La resolución del Senado de que la intervención norteamericana en los asuntos internos de Panamá no tendría lugar en las relaciones bilaterales de ambos Estados, quedó finalmente como parte del texto del Tratado del Canal de Panamá. Luego se votó el Tratado del Canal de Panamá y la votación quedó 68 votos a favor y 32 en contra.

La autora es especialista en derecho internacional público

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