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¿Será la Ley 17 la única opción?
José Blandón Figueroa
"La única fórmula que contemplaba el carácter solidario de la Caja de Seguro Social, su no privatización y su estabilidad financiera a largo plazo fue la contenida en la aprobada Ley 17". Estas fueron las palabras del presidente Torrijos el pasado 13 de junio cuando convocó a un Diálogo Nacional, según la versión que aparece en la página web de la Presidencia. ¿Es eso cierto? ¿La única opción es la que nos impusieron en la impopular Ley 17? Analicemos semejante aseveración.
En primer lugar, ¿en qué consiste dicha fórmula? Quizá lo principal consiste en lo siguiente: aumento en la edad de jubilación (3 años a hombres y mujeres), aumento en la densidad de cuotas (de 180 a 300), aumento en el monto de la cuota obrero patronal a pagar (en aproximadamente 4%), un período de ajuste de diez años (la llamada "gradualidad" de la Ley), cotización obligatoria de los independientes, cesión a la Caja de Seguro Social de todas las obligaciones que, hasta la aprobación de la Ley 17, correspondían al Estado (aumentos esporádicos a las jubilaciones, FEJUPEN) y cambio del sistema de capitales constitutivos al sistema de reparto puro. La propuesta no aborda el fundamental tema de la cobertura, por lo que no plantea absolutamente nada para aquellos miles de panameños (de hecho, la mayoría) que se quedan fuera del sistema de pensiones y que, llegan a la edad de jubilación, sin tener derecho a ella.
Repito la pregunta: ¿era esa la única fórmula? Debo decir que eso es falso. Incluso al propio Gobierno se le plantearon otras alternativas dentro del modelo de reformas estrictamente paramétricas. Por ejemplo, y sólo a manera de ejemplo, está la propuesta que hizo el experto Carmelo Mesa Lago, en la cual se planteaban los mismos cambios de parámetros (aumentos en la edad, en la densidad y en la cuota), pero con una gradualidad mayor. En el caso del cambio de 180 a 300 cuotas, en vez de hacerlo en diez años, el señor Mesa Lago planteaba que se hiciera en veinte años. En otras palabras, en la Ley 17, todo aquel que quiera jubilarse a partir del 2015 tendrá que haber cotizado 300 cuotas; en la propuesta de este experto, la entrada en vigor de las 300 cuotas ocurriría en el 2025, diez años después.
Pero esa no es la única diferencia entre la propuesta del PRD y la propuesta de Mesa Lago: en esta última, la cotización de los independientes se mantenía voluntaria, pero se recomendaba que el Estado los incentivara a cotizar, aportando la parte de la cuota obrero patronal que corresponde al patrono, como sucede en Costa Rica. De esta forma, el independiente llegaría a aportar, si así lo decide voluntariamente, un máximo de 9% y no 13%, como se le obliga en la Ley 17, pero además, recibiría el beneficio adicional de hasta el 4% que aportaría el Estado como incentivo. Y todavía más, la propuesta del señor Mesa Lago también recomendaba al Gobierno adoptar el mecanismo de las pensiones asistenciales, que existe en, por lo menos, siete países de América Latina, como una medida para mejorar la cobertura, especialmente para aquellos sectores para los cuales es casi imposible cotizar, como por ejemplo, los trabajadores agropecuarios y las mujeres en ocupaciones informales. La Ley 17 para el primer grupo, contempla un Fondo de Retiro Anticipado Autofinanciable que no es más que una burla cruel a estos humildes panameños, que apenas ganan para comer, menos tendrán para aportar a un fondo de jubilación.
Pero esa no fue la única opción que se planteó en el debate. Sectores políticos y sociales plantearon también la alternativa de un mayor aporte del Estado, que atenuara significativamente la magnitud de los cambios paramétricos a realizar. En realidad, el ejercicio es simple: basta determinar actuarialmente el flujo de caja que necesitará la Caja de Seguro Social para ser viable por los próximos, digamos, cuarenta años y evaluar entonces cuáles pueden ser las posibles combinaciones de aportes estatales y modificaciones a los parámetros que sean factibles. Y entonces, habrá que tomar la decisión política de si queremos o no hacer dichos aportes a cambio de un menor sacrificio directo de los asegurados.
En lo personal, considero que esos aportes estatales también pueden y deben ser considerados, quizá hasta prioritariamente, para ser utilizados en mecanismos que permitan dar cobertura a los que se están quedando fuera del sistema. Recordemos que, según el Banco Mundial, el sistema de pensiones es, hoy día, un mecanismo oficial para prevenir la pobreza en la población de adultos mayores. Visto desde esa perspectiva, es responsabilidad del Estado velar por el futuro de todos los adultos mayores, no sólo de los que cotizaron lo suficiente para recibir una jubilación.
De esta forma, de manera muy rápida, creo que queda demostrado que lo plasmado en la Ley 17 no es la única fórmula u opción posible. Quizá por haberlo creído así, es que el Presidente actuó de la manera apresurada y arbitraria que hoy, hasta el mismo reconoce que fue un error. Reconocido el error de forma, señor Presidente, sólo falta que reconozca que en el fondo, también se equivocó.
El autor es diputado panameñista
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