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Desfase actuarial y financiero de la Caja
Jorge Rubén Rosas
El proyecto convertido en la Ley No. 17 de 1 de junio de 2005 de reformas a la Ley Orgánica del Seguro Social, ha sido y sigue siendo fuertemente criticado por los sectores nacionales en su mayoría, organizaciones sociales de trabajadores del sector privado y público, de educadores, médicos, enfermeras, estudiantes de los colegios secundarios y de las universidades públicas y privadas, comerciantes, empresarios y profesionales de los diversos campos de las actividades nacionales, instrumento jurídico que, por su extensión, nos limitamos a analizar con nuestra modesta capacidad, los aspectos más gravosos sobre la clase media y popular que constituyen la masa de cotizantes.
Primero: Aumenta la edad de jubilación de 62 a 65 años para los hombres y de 57 a 62 para las mujeres; Segundo: Aumenta la densidad de cuotas de 180 a 300 para obtener la jubilación.
Tercero: Incrementa las cotizaciones de 18% a 22.5% a los empleadores y a los trabajadores.
Cuarto: La reforma obliga a los independientes que trabajan por cuenta propia, incluyendo a los trabajadores informales, eventuales, ocasionales, estacionales y domésticos a incorporarse al sistema de seguridad social.
Vista la presión popular expresada en declaraciones, marchas y actos públicos muy concurridos; y en huelgas decretadas por sectores de trabajadores, médicos, educadores y otros, el gobierno se vio en la necesidad de hacer algunos cambios, estando el proyecto en segundo debate, entre otros los de bajar la edad de jubilación de las mujeres de 62 a 60 años y la de establecer pensión de vejez proporcional para los asegurados que hubiesen cotizado las ciento ochenta cuotas antes del primero de febrero de 2007 y no hubiesen llegado a la edad de jubilación establecida en la ley, cambios éstos de importancia, pero que no cambian los aspectos básicos y más gravosos del proyecto, que son el aumento en la edad de jubilación de los hombres a 65 años y de las mujeres ahora a 60 años y la densidad de cotizaciones que aumenta de 180 a 300 cuotas para obtener la jubilación por vejez de los asegurados de ambos sexos.
En mi opinión, la crisis financiera y actuarial de la Caja de Seguro Social se ha venido acumulando desde 1975 debido a las medidas populistas e inconsultas decretadas por Ley 15 de 1975, que consistieron en la integración de los servicios de salud sin los aportes financieros del gobierno; la disminución de las cotizaciones para obtener la jubilación de 240 a 180 y la creación de las jubilaciones anticipadas a los 55 años los hombres y 50 las mujeres, también sin los aportes económicos necesarios, aumentadas por el despilfarro del programa de viviendas de 1980-1982, y la carencia de gestión de dirección y administración austeras y eficaces en el control de los gastos, por lo cual la institución requiere de reformas urgentes en su estructura, administración, sistema de cotizaciones y reservas, para sanear el déficit económico, financiero y actuarial en sus programas básicos y equilibrar su relación ingresos-egresos, reservas y previsiones hasta estabilizar su situación institucional.
Además, la inestabilidad laboral, en el sector privado y en el público, debido a causas derivadas de las reformas al C. de T. Introducidas en 1995; la privatización de los servicios públicos IRHE e INTEL; las fusiones de empresas bancarias, industriales y comerciales y las políticas de globalización y economía de mercado, han lanzado al desempleo a cantidad de trabajadores especializados y por consiguiente, han dejado de ser cotizantes del Seguro Social.
Sin embargo, la ley aprobada es muy drástica, dado que impone las cargas financieras adicionales sólo a los asegurados, en lo concerniente al aumento de la edad de jubilación de 65 y 60 años para hombres y mujeres respectivamente y la densidad de las cuotas de 180 a 300, y no obstante los antecedentes del proceso de desfase desde 1975, de conocimiento general, el gobierno actual del PRD, heredero de quienes causaron la situación por la que atraviesa la institución, nos parece moral y administrativamente obligante que como parte de las medidas propuestas, hubiesen incluido un aporte oficial suficiente para compartir el costo del desfase, que podría consistir en la concesión a la institución de seguridad social de los juegos de suerte y azar, cancelando los contratos concedidos a beneficiarios particulares por el gobierno del periodo 1994 - 1999, dado que sólo pueden ser explotados por el Estado, según lo establece norma constitucional clara y taxativa y, si el beneficio de esa concesión no resulta suficiente, el gobierno está en condiciones de aportar la diferencia con fondos provenientes de la reforma tributaria, no incorporados aún al Presupuesto General del Estado, fórmula ésta que aún puede incorporarse vía de la modificación a la ley, única forma para resolver con mayor dosis de equidad, la situación de crisis financiera y actuarial de la institución.
Tales aportes compensarían los fondos necesarios para mantener las edades de jubilación como están fijadas desde 1991 en 62 y 57 años para los hombres y mujeres respectivamente, así como permitiría reducir el aumento en la densidad de las cotizaciones de 300 a 240 cuotas solamente, densidad que fue la establecida originalmente por la ley que creó la institución de seguridad social en 1941 y se aplicó hasta 1975, cuando se redujo por decisión de los que mandaban en el país, sin programas de gobierno basados en estudios serios, fundados y confiables sobre los temas objeto de los mismos.
El autor es ex ministro de trabajo
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